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Decreto 1042/2004

MINISTERIO PUBLICO
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Acéptase la renuncia de la Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de San Martín, provincia de Buenos Aires, Defensoría Nº 2.

Bs.As., 11/8/2004
VISTO el expediente Nº 142.763/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:

Que la doctora Ana Inés RAGGIO ha presentado su renuncia a partir del 31 de julio de 2004, al cargo de DEFENSORA PUBLICA OFICIAL ante los TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SAN MARTIN (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), DEFENSORIA Nº 2.

Que la renuncia fue aceptada con fecha 28 de junio de 2004 por Resolución DGN Nº 473/ 04 del señor Defensor General de la Nación.

Que no obstante, por aplicación del principio del paralelismo de las formas y las competencias, corresponde que dicha atribución sea ejercida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ya que el artículo 5º de la Ley Nº 24.946 le confiere la facultad de designar a los magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme al procedimiento allí previsto.

Que, por otra parte, y según lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL, compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL la aceptación de las renuncias que presenten los funcionarios cuyo nombramiento y remoción no esté reglado de otra forma en la Carta Magna.

Que es necesario aceptar la renuncia presentada por la doctora Ana Inés RAGGIO.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Acéptase, a partir del 31 de julio de 2004, la renuncia presentada por la doctora Ana Inés RAGGIO (D.N.I.Nº 4.475.659), al cargo de DEFENSORA PUBLICA OFICIAL ante los TRIBUNALES ORALES EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SAN MARTIN (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), DEFENSORIA Nº 2.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Horacio D.Rosatti.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU77080