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Decreto Nº 359/2003

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Apruébase la renovación de contratos celebrados por el citado Departamento de Estado, efectuados bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001, a fin de hacer operativo el Programa Marco de Trabajo denominado “Fortalecimiento Institucional de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial”.

Bs.As., 24/2/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0007430/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros.1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002 y la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su Artículo 6º expresa que “Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02”.

Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que la creciente complejidad de las funciones propias del Programa Marco de Trabajo denominado “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL” dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobado por Resolución de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 39 de fecha 7 de febrero de 2002, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Programa, resultando necesario aprobar la renovación de los contratos de locación de servicios del personal que se detalla en el Anexo adjunto, dentro del Programa Marco citado precedentemente, en el marco del Decreto Nº 1184/ 01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho Programa.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican, a fin de hacer operativo el Programa Marco de Trabajo denominado “FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL” dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobado por Resolución de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 39 de fecha 7 de febrero de 2002.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE.— Roberto Lavagna.

NOTA:Este Decreto se publica sin Anexo.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72049