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DECRETO 890/2006

CULTURA

Monumento histórico nacional. “Casa Curutchet”, ciudad de La Plata. Declaración

del 13/07/2006; publ. 17/07/2006

Visto, el Expediente 1015/2005 del registro de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, por el que se propone la declaratoria como monumentos históricos nacionales de los inmuebles linderos a la Casa Curutchet, en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, y

Considerando:

Que la Casa Curutchet, diseñada por el arquitecto suizo – Charles Edouard Jeanneret Le Corbusier fue declarada monumento histórico nacional por resolución 2335 de fecha 30 de diciembre del año 1987, dictada por la entonces Secretaría de Cultura, del ex Ministerio de Educación y Justicia.

Que, en virtud de ello, se hace necesario el perfeccionamiento del citado acto administrativo correspondiendo ratificar dicha resolución.

Que el inmueble – ejemplo relevante del Movimiento Moderno está flanqueado por dos (2) edificios construidos en diferentes épocas y de características estilísticas distintas.

Que la casa ubicada en la avenida 53 n. 324 es un testimonio de la arquitectura doméstica del período fundacional de la ciudad, y se encuadra en la corriente expresiva de raíz italiana.

Que el edificio ubicado en la avenida 53 n. 318 fue proyectado por el arquitecto Andrés Kalnay en 1936, y es uno de los primeros de la ciudad construido según los principios y la estética de la arquitectura moderna.

Que ambos inmuebles están protegidos a escala municipal por la Ordenanza de Usos del Suelo, e incluidos en el catálogo del patrimonio arquitectónico de la ciudad.

Que la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos aconseja su declaratoria.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el art. 4 de la ley 12665 y su modificatoria.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Ratifícase la declaración de monumento histórico nacional a la Casa Curutchet de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires (Datos catastrales: Circunscripción I, Sección E, Manzana 298, Parcela 21), dispuesta en la resolución 2335 de fecha 30 de diciembre del año 1987, dictada por la entonces Secretaría de Cultura, del ex Ministerio de Educación y Justicia, que en copia se anexa.

Art. 2.– Declárase monumento histórico nacional al edificio ubicado en avenida 53 n. 324 entre 2 y 54 de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires (Datos Catastrales: Circunscripción I, Sección E, Manzana 298, Parcela 4 a).

Art. 3.– Declárase monumento histórico nacional al edificio ubicado en avenida 53 n. 318 entre 2 y 54 de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires (Datos Catastrales: Circunscripción I, Sección E, Manzana 298, Parcela 22).

Art. 4.– La Comisión Nacional De Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones y procedimientos establecidos en los arts. 3 , 4 , y 6 de la ley 12665, modificada por la ley 24252 ; arts. 1 y 2 del decreto 9830/1951, y en los arts. 8 (modificado por el decreto 144643/1943 ), 9 , 10 y 11 , de su decreto reglamentario 84005/1941, notificando a las partes interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y las responsabilidades previstas en el art. 8 de la ley citada en primer término y en los arts. 40 , 41 y 42 de su reglamentación, así como también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.

Art. 5.– Comuníquese, etc.

Kirchner – Fernández – Fernández

NdeR.: No se publican anexos.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU74442