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Ley 25.977
INMUEBLES
PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad de Villa Giardino el dominio de un inmueble propiedad del Estado nacional, el que se destinará al funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante y la Biblioteca Municipal. Sancionada:Diciembre 1 de 2004 Promulgada:Diciembre 28 de 2004
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Villa Giardino, Departamento de Punilla de la provincia de Córdoba, el dominio del inmueble propiedad del Estado nacional, que perteneciera a la Ex Empresa de Correos y Telégrafos (ENCOTEL), ubicado en la Av.Libertador General San Martín N° 371 de la mencionada localidad; designado catastralmente como Circunscripción 15, Sección 03, Manzana 05, Parcela 15, Dominio con N° de Orden 24913 Folios 35947 y 35948 del diario presentado al 30 de mayo de 1978 con Certificado 39112/78; y cuya Cuenta D.G.R.es la N° 230215300540; con el objeto de destinar dicho inmueble al funcionamiento del H.Concejo Deliberante y la Biblioteca Municipal.
ARTICULO 2° Los gastos que demande el cumplimiento del artículo anterior, estarán a cargo del respectivo Municipio.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
REGISTRADA BAJO EL N° 25.977 EDUARDO O.CAMAÑO. MARCELO E.GUINLE. Eduardo D.Rollano. Juan Estrada.
Decreto Nº 1920/2004
Bs.As., 28/12/2004 POR TANTO:Téngase por Ley de la Nación N° 25.977 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Julio M.De Vido.
Cita digital del documento: ID_INFOJU78932