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RESOLUCIÓN 78/2012MINISTERIO DE SEGURIDADBs. As., 17/02/2012Fecha de publicación: B.O. 24/02/2012VISTO, la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438 de fecha 12 de marzo de 1992) ymodificatorias, la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior, los Decretos Nros. 2099 del 29 dediciembre de 2010 y 864 del 28 de junio de 2011, yCONSIDERANDO:Que, de acuerdo con la Ley de Ministerios (t.o. 1992), el MINISTERIO DE SEGURIDADes competente en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de lalibertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco deplena vigencia de las instituciones del sistema democrático.Que la misma norma dispone que el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargoentender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección ycoordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridadnacionales (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura NavalArgentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria) y provinciales.Que, asimismo, es competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en ladeterminación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para suaplicación, así como para la prevención del delito.Que la Ley Nº 24.059 (modificada por la Ley de Ministerios) establece que elMINISTERIO DE SEGURIDAD, por delegación del Presidente de la Nación, ejercerá laconducción política del esfuerzo nacional de policía y coordinará el accionar de losreferidos cuerpos y fuerzas entre sí y con los cuerpos policiales provinciales, con losalcances que se derivan de esa ley.Que, desde su creación esta Cartera Ministerial ha llevado adelante acciones tendientes aprofundizar las medidas de prevención, mediante un mayor despliegue de recursoshumanos y materiales de las fuerzas de seguridad y cuerpos policiales, tanto en la CIUDADAUTONOMA DE BUENOS AIRES como en la PROVINCIA DE BUENOS AIRES einterior del país.Que, en este sentido, por Decreto Nº 2099/2010 se instruyó al Director Nacional deGendarmería y al Prefecto Nacional Naval, para que con carácter de muy urgente,profundicen las actividades prevencionales en el marco de la Ley de Seguridad Interior Nº24.059, a fin de movilizar mayor cantidad de recursos humanos y materiales, para serempleados en refuerzo de la seguridad ciudadana.Que, con fecha 1 de enero de 2011, se puso en marcha el OPERATIVO CENTINELA, elcual despliega SEIS MIL (6000) efectivos de la GENDARMERIA NACIONAL en elconurbano bonaerense para hacer frente a la inseguridad.Que, mediante Decreto Nº 864/2011, a partir del 4 de julio de 2011 comenzó a funcionar elOPERATIVO UNIDAD – Cinturón Sur, el cual tiene como objeto optimizar el servicio deseguridad ciudadana en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES mediante lacomplementación operativa sinérgica de los cuerpos policiales y de las fuerzas de seguridadfederales por zonas.Que, por otra parte, una de las principales líneas de trabajo de este Ministerio se hallavinculada a la detección y prevención de delitos complejos y criminalidad organizada.Que, para ello, este Ministerio ha creado diversas áreas avocadas a la materia como laSECRETARIA DE SEGURIDAD OPERATIVA, la SECRETARIA DE POLITICAS DEPREVENCION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD y la SUBSECRETARIA DEDELITOS COMPLEJOS Y LUCHA CONTRA LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA.Que el Decreto Nº 744/2004 prescribió a la DIRECCION NACIONAL DEFISCALIZACION DE DESARMADEROS Y AUTOPARTES sobre la necesidad deproyectar políticas de Estado tendientes a desalentar mediante acciones de prevención yactividad operativa las prácticas delictivas vinculadas con la sustracción de automotores yla consecuente comercialización ilegal de repuestos, que afectan gravemente la seguridadde las personas.Que, para resolver los problemas de inseguridad en la sociedad, no basta con laintervención de las instituciones que componen el sistema punitivo, ni la apelaciónexclusiva a las agencias policiales. Un abordaje integral de la seguridad no puede prescindirde la coordinación con otras agencias del Estado para poder hacer frente a las múltiplescausas que informan una problemática delictual y sus dinámicas.Que, para ello, se presenta como primordial generar un ámbito de trabajo en el cual losdiversos organismos con competencia en la temática trabajen coordinadamente en ladetección, la prevención, la investigación y la persecución de los citados delitos, y queinvolucre tanto a la jurisdicción de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES comoa los Municipios de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES que lindan al sur con estaCiudad.Que, en este sentido, resulta propicio crear una MESA METROPOLITANA DESEGURIDAD, la cual esté integrada por diversos organismos públicos con competencia enmateria de delitos complejos y criminalidad organizada.Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DESEGURIDAD ha tomado la intervención que le corresponde.Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo22 bis y 4º, inciso b), apartado 9º de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.Por ello,LA MINISTRADE SEGURIDADRESUELVE:Artículo 1º — Créase la MESA METROPOLITANA DE SEGURIDAD, la cual tendrácomo principal objetivo entender en materia de delitos complejos y criminalidadorganizada, en el ámbito de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de losMunicipios de LANUS, AVELLANEDA, LOMAS DE ZAMORA y LA MATANZA de laPROVINCIA DE BUENOS AIRES.Art. 2º — La Mesa a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución estaráconformada por la SECRETARIA DE SEGURIDAD OPERATIVA, la SECRETARIA DEPOLITICAS DE PREVENCION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD, laSUBSECRETARIA DE DELITOS COMPLEJOS Y LUCHA CONTRA LACRIMINALIDAD ORGANIZADA y la DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACIONDE DESARMADEROS Y AUTOPARTES.Art. 3º — Se invita a participar de la Mesa al MINISTERIO DE JUSTICIA YSEGURIDAD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a la MUNICIPALIDAD DEAVELLANEDA, al MUNICIPIO DE LANUS, al MUNICIPIO DE LOMAS DEZAMORA y al MUNICIPIO DE LA MATANZA de la PROVINCIA DE BUENOSAIRES.Art. 4º — La Coordinación de la Mesa estará a cargo de la DIRECCION NACIONAL DEFISCALIZACION DE DESARMADEROS Y AUTOPARTES, que tendrá entre susfunciones:a) Efectuar las convocatorias pertinentes para el desarrollo de acciones.b) Llevar un registro de actividades y coordinar las mesas de trabajo que se establezcanc) Efectuar consultas y/o promover la participación de otros organismos y/o de la sociedadcivil que considere conveniente.d) Convocar a participar a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERIANACIONAL (OPERATIVO CENTINELA y OPERATIVO UNIDAD – CINTURONSUR), la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (OPERATIVO UNIDAD – CINTURONSUR), y la POLICIA BONAERENSE –a través del MINISTERIO DE JUSTICIA YSEGURIDAD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES–, a los efectos de asegurar latarea de la citada Mesa.e) Coordinar, en el marco de sus competencias, las acciones que se establezcan comoprioritarias.Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Nilda C. Garré.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU79545