Donación inmobiliaria de usufructo uso y goce a favor de tercero

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DONACIÓN INMOBILIARIA DE USUFRUCTO <USO Y GOCE> A FAVOR DE TERCERO.__ CLÁUSULA (USUFRUCTO) El DONANTE dispone donar el usufructo (derecho de uso y goce) … («vitalicio» <para toda su vida>; temporario hasta el …/…/.. <plazo fijo>; condicional <hasta el cumplimiento de una condición –hecho futuro e incierto–>; sujeto al cumplimiento del cargo …), de la finca (propiedad inmueble), en favor de …(filiación y datos de identificación <DNI, CUIT, domicilio> del tercero beneficiario), quien en este acto lo acepta. <<<NOTAS: 1- Esta cláusula se insertará en escritura pública constitutiva del acto. 2- La donación podrá sujetarse a las modalidades de condición, plazo o cargo. 3- Dice el CCyC: art. 213- Modos de constitución. El usufructo puede constituirse: a) por la transmisión del uso y goce con reserva de la nuda propiedad; b) por la transmisión de la nuda propiedad con reserva del uso y goce; c) por transmisión de la nuda propiedad a una persona y el uso y goce a otra. art. 21- Intransmisibilidad hereditaria. El usufructo es intransmisible por causa de muerte, sin perjuicio de lo dispuesto para el usufructo a favor de varias personas con derecho de acrecer. art. 1552.- Forma. Deben ser hechas en escritura pública, bajo pena de nulidad, las donaciones de cosas inmuebles, las de cosas muebles registrables y las de prestaciones periódicas o vitalicias. 4- A los donatarios les convendrá aceptar la donación en el mismo acto o inmediato posterior si estuvieran ausentes, pues entretanto podrá ser revocada (arts.1545 y 1569 CCyC).>>> 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU138396