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DECRETO 10181/1962

SERVICIO EXTERIOR

Régimen de prestación mínima de servicios en la Cancillería y en el exterior. Suspensión transitoria

del 1/10/1962; publ. 8/10/1962

Visto el decreto 5137 , de fecha 10 de mayo de 1962, por el que se aprueba el régimen de destinos y traslados aplicables a los funcionarios del cuadro permanente del Servicio Exterior de las categorías d) a i) inclusive, y

Considerando:

Que la situación particular del país en materia económica aconseja limitar al máximo las inversiones y gastos que puedan ser postergados a fin de reducir el monto de los mismos en beneficio del erario público,

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Suspéndese con carácter transitorio el régimen de prestación mínima de servicios en la Cancillería y en el exterior, establecido para el personal de las categorías d) a i) del Servicio Exterior, en el art. 2 del decreto 5187, de fecha 10 de mayo de 1960.

Art. 2.– Mientras dure la vigencia del presente decreto, solamente se podrán realizar traslados impuestos por razones impostergables del servicio debidamente fundamentadas.

Art. 3.– Durante el lapso de aplicación de la presente medida, el régimen general prescripto por el decreto 5187/1960 se adecuará a lo dispuesto precedentemente.

Art. 4.– Comuníquese, etc.

Guido – Padilla

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU84689