Legislación nacional

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DECRETO 1403/1996

ORGANISMOS DEL ESTADO

Instituto Nacional del Agua y del Ambiente. Estructura organizativa

del 3/12/1996; publ. 10/12/1996

Visto el decreto 1398 del 25 de julio de 1991, modificado por las resoluciones conjuntas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas 137 del 29 de junio de 1994 y 305 del 9 de noviembre de 1994, lo propuesto por el mencionado instituto, y

Considerando:

Que conforme al citado decreto y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas, organismo descentralizado de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.

Que en esta nueva etapa que ha encarado el Poder Ejecutivo nacional a partir de la sanción de la ley 24629 , se tiende a reordenar y mejorar el funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las diferentes jurisdicciones de la Administración Pública nacional, fortaleciendo las funciones indelegables del Estado.

Que en este marco se ha dictado el decreto 558/1996 , por el cual se estableció la obligación para cada jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal.

Que es necesario, dentro de la organización administrativa del Estado, contar con un organismo de carácter técnico que atienda los programas del agua y del ambiente que deriven de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable así como también de los otros Poderes del Estado, tal como se cuenta en los países más adelantados del mundo en la materia.

Que de acuerdo al proyecto en trámite que aprueba la estructura organizativa de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, se autoriza la transferencia al citado instituto nacional, de las funciones operativas y personal de la Dirección Nacional de Control de la Contaminación.

Que, en atención a las modificaciones definidas anteriormente, corresponde adecuar la denominación del citado instituto, acorde a la incorporación de nuevas funciones como ente operativo del control de la contaminación, puestas bajo la órbita de su competencia, resultando idónea la de Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, que se propone.

Que la Unidad de Reforma y Modernización del Estado, creada por el decreto 558/1996 , ha tomado la intervención que le compete, prestando la conformidad correspondiente.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la ley 24629 y del art. 99 inc. 1) de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– El actual Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas pasará a denominarse “Instituto Nacional del Agua y del Ambiente (I.N.A.)” y conservará las funciones, atribuciones y la conformación del órgano directivo estipuladas para el Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas.

Art. 2.– Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, organismo descentralizado de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de acuerdo con el organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones y planta permanente que, como anexos I, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 3.– Transfiérese al Instituto Nacional de Agua y del Ambiente el personal cuyo detalle obra como anexo al presente artículo, proveniente de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable en sus actuales niveles y grados de revista. Dentro de los treinta (30) días de la fecha del presente, deberán efectuarse en las respectivas jurisdicciones las modificaciones presupuestarias que reflejen las citadas transferencias.

Art. 4.– En un plazo de hasta treinta (30) días a partir del presente, el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente deberá presentar la propuesta organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en el presente decreto, en concordancia con lo establecido por el decreto 1545/1994 , reglamentado por la resolución S.F.P. 422/1994 . Hasta tanto se aprueben, quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.

Art. 5.– Derógase el decreto 1398 del 25 de julio de 1991 y las resoluciones conjuntas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas 137 de fecha 29 de junio de 1994 y 305 del 9 de noviembre de 1994.

Art. 6.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Corach

Anexo I

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Instituto Nacional del Agua y del Ambiente (Presidencia)

 

Unidad de Auditoría Interna

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gerencia de Programas y Proyectos

 

Gerencia de Administración

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dirección de Control de la Contaminación

 

Dirección de Recursos Humanos y Organización

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo II

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

OBJETIVOS

Satisfacer los requerimientos de estudio, investigación, desarrollo y prestanción de servicios especializados en el campo del aprovechamiento, control y preservación del agua y del ambiente, tendiente a implementar y desarrollar la política ambiental nacional, y en particular:

1. Colaborar con los organismos competentes, a través de la realización de estudios, investigaciones y desarrollos tecnológicos, en el establecimiento de los presupuestos mínimos de protección ambiental.

2. Cooperar con otras entidades del Poder Ejecutivo nacional, el Honorable Congreso de la Nación y el Poder Judicial de la Nación en el cumplimiento de las funciones indelegables del Estado, en las materias que hacen a su competencia.

3. Brindar asesoramiento y prestar servicios técnicos de alta especialización a los entes públicos y privados, municipales, provinciales, nacionales, internacionales y extranjeros en programas y proyectos de evaluación de impacto ambiental.

4. Promover la capacitación de los recursos humanos de su sector, tendiente a intensificar la formación de profesionales, especialistas e investigadores en las áreas temáticas vinculadas al agua y al ambiente.

5. Colaborar en la difusión y educación de programas y proyectos en búsqueda de una mayor concientización de los problemas ambientales, en coordinación con las reparticiones competentes.

GERENCIA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, dirigir, coordinar y controlar los programas y proyectos del Instituto, y las actividades de investigación y desarrollo, asistencia técnica y servicios tecnológicos en el área de los recursos hídricos y del ambiente, tendientes a preservar su calidad, propendiendo al desarrollo sustentable.

ACCIONES

1. Proponer, coordinar y controlar las actividades de los centros especializados existentes: El Laboratorio de Hidráulica y del Ambiente, el Centro de Tecnología del Uso de Agua y del Ambiente, y el Centro de Economía, Legislación y Administración del Agua y del Ambiente, los Centros Regionales Andino, Litoral y de la Región Semiárida, y los que se creen en el futuro.

2. Coordinar y supervisar las actividades de los programas nacionales de: Residuos Tóxicos y Calidad de Aguas, Tecnologías Sustentables en Aguas Subterráneas, Riego y Drenaje y los que se establezcan y las Coordinaciones de Gestión Ttécnica, de Hidrología y de Sistemas de Información y Alerta Hidrológico.

3. Evaluar los estudios e investigaciones que realicen todas las unidades operativas de proyectos, en las materias de competencia del Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, relacionadas con el conocimiento, uso, aprovechamiento, administración, control y preservación de los recursos hídricos del país, y su directa vinculación con el impacto ambiental.

4. Supervisar los acuerdos de vinculación que suscriba el instituto con entidades públicas y privadas, nacionales, extranjeras e internacionales para la realización de proyectos de investigación y desarrollo, investigación aplicada, transferencia de tecnología, recolección sistemática de datos y asistencia técnica.

5. Producir información y realizar la difusión del estado de avance de los programas y proyectos que se desarrollen en el ámbito de la gerencia.

6. Estudiar escenarios tecnológicos posibles y presentar alternativas para la definición de estrategias institucionales y de alerta temprana en nuevas tecnologías.

7. Desarrollar mecanismos de transferencia de tecnología y asistencia técnica al sector productivo.

8. Elaborar y controlar el régimen arancelario por los servicios que preste el instituto a terceros.

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la gestión económica financiera, contable y patrimonial del instituto.

ACCIONES

1. Realizar la programación, organización, control y registro contable de los actos administrativos vinculados con la gestión económico-financiera, patrimonial y de liquidación de haberes del organismo.

2. Efectuar el contralor de la ejecución del presupuesto y sus modificaciones, elaborando los estados financieros, cuadros de resultados, proyecciones y demás documentación financiero-contable para su presentación ante los órganos de control.

3. Supervisar las actividades de las unidades administrativo-contables y fiscalizar las rendiciones de cuentas que realicen por pago de sueldos, gastos e inversiones.

4. Supervisar la tramitación de las contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios.

5. Operar la tesorería del instituto y adoptar las medidas para la custodia de fondos y valores.

6. Efectuar el registro y control de los bienes patrimoniales y adoptar las medidas para su resguardo y conservación.

DIRECCIÓN DE CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar las funciones operativas derivadas del poder de policía en materia de control de la contaminación, en lo que hace a la calidad de las aguas naturales, superficiales y subterráneas y de todo tipo de vertidos de establecimientos industriales y especiales, incluidos los peligrosos, arrojados directa o indirectamente a un recurso hídrico.

ACCIONES

1. Aplicar toda norma legal cuyo objetivo específico sea el control de la contaminación, así como también elaborar y proponer la modificación de las ya existentes cuando ello corresponda.

2. Controlar la calidad de las aguas naturales, superficiales y subterráneas y todo establecimiento industrial o especial que genere vertidos cualquiera sea su destino.

3. Participar de los estudios e investigaciones del organismo tendientes a fijar los límites de contaminación.

4. Proponer la realización de convenios de cooperación técnica con entidades u organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, sobre temas de su competencia.

5. Recabar y sistematizar toda la información relacionada con la contaminación hídrica, de aire y suelo, y proponer acciones de concientización ciudadana sobre el tema.

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar las políticas de personal y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa y su desarrollo, la planificación y el diseño organizacional.

ACCIONES

1. Ejercer la coordinación técnica para la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, organización y procedimientos de trabajo, proponiendo las medidas administrativas que correspondan.

2. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos de búsqueda y selección de personal, de evaluación de desempeño, en el proceso de capacitación y de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, monitoreando el estado de avance del personal en el régimen de carrera.

3. Asistir en la gestión de las relaciones laborales y gremiales y en la ejecución de los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones colectivas.

4. Asegurar la adecuada aplicación de las normas relacionadas con las prestaciones asistenciales y de higiene y seguridad en el trabajo, coordinando las acciones pertinentes con otras áreas competentes.

5. Mantener actualizados y preservar los legajos del personal y las bases de datos correspondientes.

6. Participar en los procesos y sistemas destinados al mejoramiento continuo de la calidad de las prestaciones y servicios que se originan en el instituto.

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer un sistema integral e integrado de control interno en el Instituto Nacional del Agua y del Ambiente, basado en los criterios de economía, eficiencia y eficacia, orientado al análisis de la gestión presupuestaria, económica, financiera, patrimonial, legal y técnica, a fin de generar información completa contable y oportuna.

ACCIONES

1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna a desarrollarse en el instituto, de acuerdo con las normas generales de control y de auditoría interna producidas por la Sindicatura General de la Nación.

2. Elaborar y remitir el plan anual de auditoría a la Sindicatura General de la Nación, y los informes sobre las actividades desarrolladas con las recomendaciones y observaciones que correspondan.

3. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer, en acuerdo con las autoridades de la institución, el sistema de control interno y su seguimiento.

4. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

5. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad, financieros y científicos tecnológicos.

6. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.

7. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

Anexo IIIa

PLANTA PERMANENTE

Jurisdicción: Presidencia de la Nación.

Entidad: Instituto Nacional del Agua y del Ambiente.

Programa presupuestario: 16 – Desarrollo de la Ciencia y Técnica de los Recursos Hídricos.

Escalafón: Sinapa – Decreto 993/1991 , t.o. 1995.

Actividad presup.

Descripción de la actividad

Unidad Organizativa

A

B

C

D

E

F

Sub total

01

Desarrollo de la Ciencia y Técnica de los Recursos Hídricos

Presidencia

1

1

2

1

3

 

8

 

 

Unidad de Auditoría Interna

 

2

 

1

1

 

4

 

 

Gerencia de Programas y Proyectos

4

28

62

78

42

12

226

 

 

Gerencia de Administración

1

1

12

9

13

7

43

 

 

Dirección de Control de la Contaminación

1

1

10

1

2

 

15

 

 

Dirección de Recursos Humanos y Organización

 

1

2

3

2

1

9

Totales

7

34

88

93

63

20

305

 

Anexo IIIb

DOTACIÓN GLOBAL

Jurisdicción: Presidencia de la Nación.

Entidad: Instituto Nacional del Agua y del Ambiente.

Programa presupuestario: 16 – Desarrollo de la Ciencia y Técnica de los Recursos Hídricos.

Escalafón: Sinapa – Decreto 993/1991 , t.o. 1995.

Actividad Presup.

Unidad Organizativa

Planta Perm. Escalafón Sinapa

Planta Perm. Extraescalafonarios

Total

01

Presidencia

8

3

11

 

Unidad de Auditoría Interna

4

 

4

 

Gerencia de Programas y Proyectos

226

 

226

 

Gerencia de Administración

43

 

43

 

Dirección de Control de la Contaminación

15

 

15

 

Dirección de Recursos Humanos y Organización

9

 

9

Totales

305

3

308

 

Anexo

ANEXO AL ARTÍCULO 3

PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE TRANSFERIDO AL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

Arselli, Carlos María

A-0

L.E.

4.440.485

Barasoain, Eduardo Jorge

B-1

D.N.I.

10.203.204

Granados, María Elena

C-1

D.N.I.

13.660.105

Mijangos, Javier

C-2

D.N.I.

14.263.293

Santomauro, José Antonio

C-2

D.N.I.

13.739.236

Mazzili, Gustavo Alberto

C-3

D.N.I.

20.233.671

Estévez Oliveira, Mabel

C-3

D.N.I.

16.189.474

Oficialdeguy, Omar E.

C-3

D.N.I.

14.860.288

Vidal, Norberto Pablo

C-4

D.N.I.

11.644.685

Paleka, Pablo Antonio

C-5

D.N.I.

10.814.006

Lowenthal, Adriana Isabel

C-5

L.C.

5.316.355

Palotta, Ricardo César

C-6

L.E.

4.982.434

Menotti, Claudia Analía

D-2

D.N.I.

22.802.083

Iglesias, Susana Beatriz B.

E-0

D.N.I.

4.461.795

Gallardo, Alberto

E-0

D.N.I.

4.856.953

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85886