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DECRETO 1863/1976
POLICÍA
Ley Orgánica de la Policía Federal. Reglamentación. Modificación
del 31/08/1976; publ. 13/09/1976
Visto el expte. 86.-I-76 del registro de la Policía Federal, por el cual dicha institución solicita la modificación del art. 309 del decreto 6580/1958 con el objeto de establecer un sistema que permita la regularización automática de los haberes que percibe el personal convocado, y
Considerando:
Que este numerario desempeña en la actualidad tareas propias del personal en actividad, satisfaciendo con su experiencia y capacidad, un innegable estado de necesidad producto de la creciente demanda de efectivos.
Que resultando imposible concretar en lo inmediato un reclutamiento que permita el cese de la convocatoria, es procedente actualizar la norma que regula dichas remuneraciones.
Que a tal fin se estima apropiado al sistema propuesto, por cuanto los coeficientes determinados, aplicados sobre los haberes del comisario general, permitirán un ajuste automático de las remuneraciones del personal convocado cuando se dispongan incrementos para el personal en actividad.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Sustitúyese el texto del art. 309 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal (decreto 6580/1958), el que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 309.- El personal convocado recibirá además del haber de retiro que le corresponda, una única remuneración diaria que no incrementará dicho haber, equivalente a la treintava (30) parte de la suma resultante de la aplicación de los coeficientes que se indican en cada caso, sobre el haber mensual que percibe el comisario general, excluidos los suplementos: Antigüedad en el servicio y Riesgo profesional.
Oficial superior]]>Oficial superior
0,7674
Oficial jefe
0,6741
Oficial subalterno
0,5257
Personal subalterno
0,3912
Cita digital del documento: ID_INFOJU86762