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Decreto Nº 555/2003

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Apruébanse contratos celebrados por la citada Jurisdicción bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Bs.As., 7/8/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0117964/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros.1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 27 de fecha 27 de mayo de 2003, y 

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las normas mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que la creciente complejidad de las funciones propias de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicha Secretaría, resultando necesario proceder con la contratación del personal que se detalla en el Anexo adjunto al presente decreto.

Que el personal involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente decreto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la SECRETARIA DE TRANSPORTE MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por el decreto mencionado en el Visto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Apruébanse los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican, en el marco de los contratos individuales de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la SECRETARIA DE TRANSPORTE MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Julio M.De Vido.

NOTA:Este Decreto se publica sin Anexo.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72178