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DECRETO 1954/1966
EDUCACIÓN
Consejo Nacional de Educación. Títulos de electrotécnico y técnico en telecomunicaciones. Modificación
del 18/3/1966; publ. 29/3/1966
Visto las actuaciones del expte. 18.20-10º/1965 del registro del Consejo Nacional de Educación por las cuales dicho organismo solicita se dicte decreto modificando el decreto 8188/1959 anexo de la competencia de los títulos declarados docentes, habilitantes y supletorios del Estatuto del Docente I. Para los establecimientos dependientes del Consejo Nacional de Educación, pto. 5, escuelas de adultos, inc. 2, habilitantes, donde en lugar de electrotécnico en telecomunicaciones deberá decir electrotécnico, técnico en telecomunicaciones, y
Considerando:
Que, a tales efectos, se debe considerar la certificación del Consejo Nacional de Educación Técnica que figura a fs. 2 de estos obrados por la que se deja constancia que de los títulos que extiende en ningún caso efectuó el de electrotécnico en telecomunicaciones y sí los de electrotécnico y técnico en telecomunicaciones;
Que por ello y atento lo manifestado a fs. 5 por la Comisión Permanente del Estatuto del Docente del citado Consejo Nacional de Educación y atento lo aconsejado por el ministro secretario de Estado en el Departamento de Educación y Justicia,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Modifícase el decreto 8188/1959 , anexo de la competencia de títulos del Estatuto del Docente. I. Para los establecimientos dependientes del Consejo Nacional de Educación, pto. 5, escuelas de adultos, inc.2, habilitantes, donde en lugar de electrotécnico en telecomunicaciones debe decir electrotécnico, técnico en telecomunicaciones.
Art. 2. El presente decreto será refrendado por el ministro secretario de Estado en el Departamento de Educación y Justicia.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Illia Alconada Aramburú
Cita digital del documento: ID_INFOJU86901