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Decreto 1579/2004

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Prorróganse las Sesiones Ordinarias.

Bs.As., 10/11/2004 En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 31 de diciembre de 2004.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU77394