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Decreto 1579/2004
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Prorróganse las Sesiones Ordinarias.
Bs.As., 10/11/2004 En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 31 de diciembre de 2004.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77394