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DECRETO 495/1992

ENERGÍA ELÉCTRICA

Programa de Energía Eléctrica Provincial. Interés Nacional. Declaración

del 25/3/1992; publ. 31/3/1992

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 – Declárase de Interés Nacional al Programa de Energía Eléctrica Provincial propuesto por la Secretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Art. 2.- El objeto del citado programa es el financiamiento de: a) inversiones para la expansión y rehabilitación de los sistemas eléctricos provinciales de subtransmisión y distribución urbana para las Entidades Eléctricas provinciales prestadoras del servicio, y b) la asistencia técnica para el fortalecimiento institucional, financiero y operativo del servicio público de electricidad prestado por las provincias en forma centralizada o descentralizada, y/o para la realización de estudios de preinversión y de carácter general así como los gastos relacionados con la ejecución de dicho Programa.

Art. 3.- Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo n. 632/OC-AR a suscribirse entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que consta de dos (2) partes, de nueve (9) capítulos, cada una, tres (3) anexos; por un monto de ciento cuarenta millones de dólares estadounidenses (U$S 140.000.000) para ser destinado al cumplimiento del punto a) del objeto descripto en el artículo precedente. El texto en copia autenticada del Contrato de Préstamo cuyo objeto es lograr financiamiento para el Programa descripto en el artículo precedente, forma parte integrante del presente como anexo I.

Art. 4.- Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo n. 863/SF-AR a suscribirse entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que consta de dos (2) partes, de nueve (9) capítulos, cada una, y tres (3) anexos; por un monto de veinticinco millones de dólares estadounidenses (U$S 25000.000) en pesos para ser destinada al cumplimiento del pto. b) del objeto descripto en el art. 2 del presente. El texto en copia autenticada del Contrato de Préstamo cuyo objeto es lograr financiamiento para el Programa descripto en el art. 2 b), forma parte integrante del presente como anexo II.

Art. 5.- Facúltase al señor ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario y/o funcionarios que él mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la Nación Argentina, los Contratos de Préstamo y su documentación adicional relativa a los modelos aprobados en los arts. 3 y 4 del pre- sente acto.

Art. 6.- Facúltase al señor ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario y/o funcionarios que él mismo designe a convenir y a suscribir, en nombre y representación de la Nación Argentina, modificaciones a los Contratos de Préstamo cuyos modelos se aprueban por los arts. 3 y 4 del presente decreto, siempre que las mismas no impliquen cambios sustanciales al objeto y destino de los Préstamos, no deriven en un incremento de sus montos o introduzcan modificaciones en el procedimiento arbitral pactado.

Art. 7.- Encomiéndase a la Secretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos la ejecución del Programa de Energía Eléctrica Provincial, con el objeto citado en el art. 2 del presente acto.

Art. 8.- Facúltase al señor secretario de Energía Eléctrica a suscribir con el Banco de la Nación Argentina un convenio especial para que el mismo se desempeñe como agente financiero de la Secretaría de Energía Eléctrica a los efectos de llevar a cabo la operatoria de los préstamos y subpréstamos mencionados en el presente acto. Facúltase a la citada Secretaría a sustituir a dicho agente financiero cuando ello fuere necesario por razones de conveniencia.

Art. 9.- Para el logro de la finalidad descripta en el art. 7 precedente, facúltase a la Secretaría de Energía Eléctrica a suscribir todos los contratos necesarios y conducentes a la concreción del Programa; tanto con los Entes Eléctricos provinciales, en su condición de Subprestatarios, como con las provincias, en su condición de garantes de los subpréstamos correspondientes, o, en su condición de subprestatarias, cuando en la provincia participante no existiera una Entidad Eléctrica autárquica. Asimismo, facúltase a la mencionada Secretaría a aprobar y poner en vigencia el «Reglamento Operativo del Programa» y el «Reglamento del Fondo de Riesgo Cambiario», previamente convenidos y aprobados por el Banco Interamericano de Desarrollo.

Art. 10.- Constitúyese en la jurisdicción de la Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del Ministerio de Economía y de Obras y Servicios Públicos, y sin afectación alguna de su presupuesto la Unidad Coordinadora del Programa de Energía Eléctrica Provincial (U.C.P.).

Art. 11.- La Unidad Coordinadora del Programa creada por el artículo precedente ,se financiará con cargo exclusivo a los fondos del Programa de Energía Eléctrica Provincial de conformidad con el Reglamento Operativo del mismo y tendrá la estructura misiones y funciones descriptos en el anexo III, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 12.- La Unidad Coordinadora del Programa estará integrada por el personal contratado según las normas convenidas con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y se financiará con los fondos previstos para el Programa de Energía Eléctrica Provincial. Lo mencionado en el presente artículo se instrumentará atendiendo lo descripto en el mencionado anexo III.

Art. 13.- Facúltase a la Secretaría de Energía Eléctrica a delegar en la Unidad Coordinadora del Programa las facultades que le sean necesarias para el logro de los objetivos del Programa a fin que se ejecute con la máxima agilidad operativa y de conformidad con las condiciones dispuestas en los Contratos de Préstamo y su documentación adicional cuyos modelos se aprueban por los arts. 3 y 4 de este decreto.

Art. 14.- Autorízase a la Secretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a celebrar por sí y/o a delegar, en la Unidad Coordinadora del Programa de Energía Eléctrica Provincial (U.C.P.), la celebración de contratos de locación de obras y/o servicios con terceros sin relación de dependencia atinentes a auditorías, consultorías o asesorías técnicas, legales o administrativas con expertos nacionales o extranjeros y cualquier otro tipo de contrato necesario para el funcionamiento adecuado de la infraestructura operativa, pudiendo asimismo adquirir bienes muebles y/o equipamientos que fueren menester para el cumplimiento del Programa, y de conformidad con sus previsiones los que se financiarán con cargo exclusivo a los fondos afectados al desarrollo del Programa de Energía Eléctrica Provincial descripto en este acto.

Art. 15.- La Unidad Coordinadora del Programa, gozará de autonomía financiera y administrativa, en cuanto al manejo de los fondos que se le asignen para su funcionamiento y para el cumplimiento de sus misiones y funciones.

Art. 16.- La Unidad Coordinadora del Programa mantendrá su existencia y funciones mientras subsistan las condiciones de ejecución de los Préstamos n. 632/OC-AR y n. 863/SF-AR con el Banco Interamericano de Desarrollo, para el Programa de Energía Eléctrica Provincial, debiendo quedar las contrataciones y/o designaciones de su personal condicionadas al cumplimiento de dicho objeto.

Art. 17.- En los contratos que se celebran con las Entidades Eléctricas provinciales de conformidad con el Programa, se estipulará que las provincias en las cuales el mismo se desarrolle, deberán garantizar el íntegro cumplimiento del reintegro de Subpréstamos, sus intereses, comisiones y gastos, con los fondos del Régimen de Coparticipación Federal.

Art. 18.- Comuníquese, etc.

MENEM – CAVALLO.

NOTA: Este decreto se publica sin los anexos I y II.

 ___

ANEXO III

UNIDAD COORDINADORA DEL PROGRAMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA PROVINCIAL
(Préstamos VID n. 632/OC – n. 863/SF-AR)

1 – Definición y creación del Programa

1.01

El Programa de Energía Eléctrica Provincial pondrá a disposición de las Entidades Eléctricas provinciales, recursos para sus inversiones en expansión y rehabilitación de los sistemas eléctricos, complementados con una asistencia técnica destinada al fortalecimiento institucional y operativo de las Entidades existentes o a crearse y a la realización de estudios y proyectos relacionados con la ejecución de este Programa.

1.02

La formalización del Programa se realizará mediante el acto administrativo que corresponda, que aprobará los Contratos de Préstamos del BID, habilitará una Cuenta Especial en el Banco de la Nación Argentina para administrar los recursos del Programa y creará la unidad responsable para el desarrollo y ejecución del mismo (Unidad Coordinadora del Programa de Energía Eléctrica Provincial) en el ámbito institucional de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación. La Cuenta Especial será administrada por la Unidad Coordinadora teniendo una contabilidad independiente y detallada. Los recursos del Programa provendrán de los fondos de los préstamos del Banco Interamericano de Desarrollo, y la contrapartida de los recursos de origen provincial, incluido el F.E.D.E.I., y las recuperaciones de los subpréstamos.

El prestatario y garante será la Nación Argentina y los destinatarios de los recursos serán las Entidades Eléctricas provinciales.

El Banco de la Nación Argentina será el agente financiero quien por cuenta y orden de la Unidad Coordinadora receptará los desembolsos provenientes del BID y los transferirá a las cuentas bancarias especiales que las entidades subprestatarias abrirán a esos efectos, asimismo receptará los fondos provenientes de los subpréstamos y los transferirá al BID.

2 – Conformación y ubicación institucional

2.01

El organismo responsable por la ejecución del Programa será la Secretaría de Energía de la Nación. La autoridad principal del Programa será el secretario de Energía Eléctrica, quien aprobará y firmará los contratos de proyectos para el financiamiento de expansión y rehabilitación de los Sistemas Eléctricos provinciales, así como convenios de asistencia técnica. La Unidad Coordinadora del Programa dependerá directamente del secretario de Energía Eléctrica quien delegará en aquélla las facultades necesarias para la más eficiente gestión.

2.02

La Unidad Coordinadora será dirigida por un Comité Directivo designado por el secretario de Energía Eléctrica e integrado por un representante por la Secretaría de Energía Eléctrica, tres representantes propuestos por el Consejo Federal de la Energía Eléctrica y un representante propuesto por la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Técnica (Dirección de Financiamiento Externo) y será administrada por un funcionario que ostentará el título de Administrador. La Unidad se integrará con personal contratado, financiado con recursos destinados a estos efectos provenientes del préstamo los que serán prorrateados entre las entidades subprestatarias en proporción a créditos aprobados, esta operación incluirá la infraestructura, equipamiento, hardware y software necesario para su funcionamiento.

3 – Organización interna

3.01

La Unidad Coordinadora tendrá como propósito la administración del Programa de Energía Eléctrica Provincial y como funciones las de análisis, evaluación, seguimiento y control de los distintos proyectos de inversión y de asistencia técnica, financiado con recursos del Programa. Con el fin de cumplir con lo expuesto se prevé una organización interna para la Unidad Coordinadora como la que se describe en el apéndice I.

3.02

Dado que de acuerdo a las características particulares del Programa en cuestión, duración definida y secuencia de actividades prefijadas y con pasos condicionantes para cada etapa, ya que no se presentará un flujo permanente de ingresos de proyectos al sistema sino que estos se esperan en los primeros tramos del Programa, no resulta conveniente una organización interna por objetivo, pues requeriría una dotación de personal abundante con numerosos tiempos muertos por lo tanto se prevé la creación de un equipo reducido de profesionales que actuarán interdisciplinariamente con una organización virtual por procesos y con el apoyo de un sistema informático y de comunicaciones que coadyuve a la obtención de los objetivos.

3.03

El Comité Directivo será el responsable ante el BID y la SEE del correcto desarrollo del Programa, por lo cual deberá proponer la política a seguir, aprobar las reglamentaciones y normas que regirán las operaciones con los subprestatarios y aprobar la documentación e informes a presentar al BID y a la SEE, todo esto dentro de las pautas negociadas con aquéllos.

3.04

El administrador de la Unidad Coordinadora será contratado por el secretario de Energía Eléctrica y tendrá a su cargo al personal de la Unidad. Será su responsabilidad la ejecución del Programa desde la planificación, coordinación y conducción de actividades, hasta el control y el seguimiento de toda la operatoria. Será el contacto y enlace permanente con el BID y con las subprestatarias, así como también con las unidades permanentes de la SEE. El administrador dependerá directamente del Comité Directivo ante quién deberá reportar sobre la marcha del Programa y tendrá la conducción del equipo de trabajo.

3.05

Dentro del Equipo de Trabajo se prevé un Área de Ingeniería y Análisis Económico, un Área de Administración y un Área de Análisis Financiero. Como apoyo a la gestión del Comité Directivo se contratará una Auditoría que tendrá a su cargo el control operativo del sistema.

En apéndice II se describen las competencias previstas para las unidades de trabajo mencionadas.

3.06

De acuerdo con la organización prevista para la Unidad Coordinadora y en el campo de competencia establecido para cada área se ha determinado el perfil profesional del personal necesario para su operación. Con base a las estimaciones preliminares el volumen de créditos de inversión y de asistencia técnica y a las actividades a desarrollar por la U.C.P. descriptas en el apéndice II y a la oportunidad en que estas actividades se realizarán se ha calculado el número de profesionales y demás agentes requeridos para su funcionamiento. En el apéndice III se detallan los perfiles profesionales del personal y las cantidades requeridas para iniciar las actividades con un grado de flexibilidad adecuada.

3.07

Con el objeto de facilitar la concreción de los objetivos del programa y de minimizar los inconvenientes que naturalmente se presentan en operaciones de este tipo y envergadura, se prevé la realización de un conjunto de cursos formativos sobre Evaluación de Proyectos de Inversión y de cursos informativos sobre Modalidades Operativas del Programa, destinados a los funcionarios que en las entidades subprestatarias asuman las responsabilidades como contrapartes.

3.08

Ya que el funcionamiento de la Unidad Coordinadora está sustentado en la existencia de un Sistema de Comunicaciones e Información que relacione las áreas que la integran y a éstas con las entidades subprestatarias, es condición necesaria que todos los profesionales y funcionarios sepan operar los equipos ya que todas las actuaciones se registrarán por su intermedio, amén de la previsión de operadores especializados en cada sector. El Plan General de Sistematización Proyectada se presenta en apéndice IV.

Apéndice I

Organigrama de la Unidad Coordinadora
Programa de Energía Eléctrica Provincial

 

 

 

Secretario de Energía Eléctrica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Auditoría

 

Comité
Directivo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Administrador

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Área
Ingeniería y Análisis Económico

 

Área
Análisis
Financiero

 

Área
de
Administración

fintabla

 

 

Apéndice II

I – COMPETENCIA DE LA UNIDAD COORDINADORA

Misión:

Actuar por delegación de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación en la administración del Programa de Energía Eléctrica Provincial del Banco Interamericano de Desarrollo.

Funciones:

* Coordinar las tareas entre las Entidades Eléctricas provinciales y el BID.

* Informar y asesorar a las EEP sobre modalidades operativas del BID y procedimientos de préstamos.

* Informar al BID sobre aspectos institucionales, técnicos, jurídicos, económicos y financieros de los Entes Subprestatarios y sobre las características particulares de los proyectos.

* Recibir las solicitudes de proyectos presentadas por las EEP, evaluarlas y aprobarlas, y remitir al BID aquellas que correspondan.

* Explicitar los términos de los proyectos y las condiciones a acordar entre la SEE y las EEP para llevar a cabo cada subprograma.

* Efectuar el análisis y la evaluación técnica, económica, financiera y legal de los proyectos de inversión y asistencia técnica.

* Elaborar los Contratos de Subpréstamos con las EEP.

* Supervisar la ejecución de los subprogramas y efectuar el seguimiento técnico, económico, financiero y legal.

* Llevar la administración y el control de los fondos de los préstamos y mantener la relación con el organismo bancario que actúe como agente financiero.

* Llevar la administración y el control de los fondos de funcionamiento de la Unidad Coordinadora del Programa.

II – FUNCIONES

Funciones específicas y atribuciones de la Secretaría de Energía Eléctrica.

* Aprobar los contratos de proyectos y suscribirlos.

* Aprobar el programa operativo anual y los planes de trabajo e informes y balances de resultados.

* Contratar al Administrador de la U.C.P. y nombrar al Comité Directivo.

Funciones específicas y atribuciones del Comité Directivo

* Dirigir las acciones de la Unidad Coordinadora y establecer los sistemas y las fases de su funcionamiento en acuerdo a las políticas por SEE.

* Ordenar la elaboración de los Contratos de Subpréstamos e informar a la SEE.

* Elaborar el programa operativo anual y los planes de trabajo y adecuar los planteles profesionales.

* Analizar y aprobar los informes sobre cumplimiento de las metas y balances de la U.C.P. y las correspondientes a los resultados de la Cuenta Especial.

* Aprobar las instrucciones para planificar, coordinar, evaluar y controlar la marcha del Programa.

* Aprobar las reglamentaciones y normas que rijan las actividades de la U.C.P. y los procedimientos y operatorias del Programa.

* Aprobar las adjudicaciones en las licitaciones y concursos destinados al equipamiento de la U.C.P. a propuesta del administrador.

* Proponer los modelos de Contrato de Subpréstamos.

Funciones específicas y atribuciones del Administrador

* Administrar los sistemas que conforman la Unidad Coordinadora, haciendo cumplir sus fines en concordancia con las disposiciones, reglamentaciones, normas y orientaciones aprobadas por el Comité Directivo.

* Proponer las autorizaciones de financiamiento y el plan de asignación de fondos del Programa.

* Preparar las instrucciones para planificar, coordinar, evaluar y controlar la marcha del Programa.

* Supervisar la elaboración de contratos, convenios y garantías de cada operación de subpréstamos.

* Participar en la elaboración del programa operativo anual y los planes de trabajo.

* Preparar los informes sobre cumplimiento de las metas y balances de la U.C.P. y los correspondientes a los resultados de la Cuenta Especial.

* Preparar las reglamentaciones y normas que rijan las actividades de la U.C.P. y los procedimientos y operatorias del Programa.

* Suscribir la documentación correspondiente a los compromisos de fondos y toda otra que emita el Programa.

* Coordinar la tramitación de solicitudes que ingresen al Programa.

* Aprobar las rendiciones que realicen los Subprestatarios. Suscribir las solicitudes de desembolso al BID.

* Evaluar antecedentes y capacidades, y contratar al personal de la U.C.P.

* Efectuar las adquisiciones y contrataciones de elementos, bienes y servicios en un todo de acuerdo con las modalidades y niveles aprobados por el Comité Directivo.

* Mantener contactos con el BID, las entidades subprestatarias, los agentes financieros, las unidades permanentes de la SEE y toda otra institución pública o privada relacionada con el Programa.

Funciones básicas del Área de Ingeniería y Análisis Económico.

* Elaborar modelos operativos generales y particulares de evaluación y formular o revisar las metodologías de análisis de proyectos de inversión.

* Elaborar o revisar y mantener actualizadas las normas y guías de presentación de solicitudes del Programa.

* Entender en la aplicación de los criterios de elegibilidad del Programa.

* Asesorar a los posibles subprestatarios en la preparación de la documentación de apoyo a las solicitudes de crédito.

* Asesorar a los posibles subprestatarios en la formulación y presentación de proyectos específicos de Asistencia Técnica.

* Examinar las particularidades y aspectos críticos de cada proyecto recomendando las formulaciones necesarias.

* Realizar el análisis técnico y económico de los proyectos presentados y preparar los informes de proyecto correspondiente.

* Colaborar con los subprestatarios en las evaluaciones ex-post de los proyectos específicos y realizar la evaluación ex-post del Programa.

* Realizar las tareas de inspección y seguimiento físico de la ejecución de los proyectos de inversión y de los trabajos de Asistencia Técnica.

* Realizar el control de las licitaciones de ejecución de proyectos, revisión y aprobación de las adjudicaciones propuestas, revisar aspectos técnicos y económicos de los contratos. Hacer seguimiento, revisar y aprobar el cumplimiento de las cláusulas contractuales en las cláusulas de subpréstamos. Preparar la documentación requerida para dar cumplimiento a las obligaciones del contrato de préstamo.

Funciones básicas del Área de Análisis Financiero

* Realizar el análisis financiero e institucional de los proyectos presentados y de los posibles subprestarios y preparar los informes correspondientes.

* Elaborar y actualizar el plan financiero del Programa.

* Elaborar proyecciones financieras de corto, mediano y largo plazo, detallando compromisos asumidos, saldos disponibles y utilización de créditos por categorías.

* Intervenir en el asesoramiento a los subprestatarios y gobiernos provinciales responsables del Servicio Público de Electricidad.

* Intervenir en la elaboración de las solicitudes de desembolsos al BID.

* Realizar el seguimiento de los subpréstamos a partir de su otorgamiento y durante su amortización.

* Emitir informes sobre el cumplimiento de metas y cronogramas, y hacer las recomendaciones pertinentes sobre la continuidad de la cooperación financiera en cada caso.

* Analizar las proyecciones financieras de corto, mediano y largo plazo de los subprestatarios.

* Asesorar a los posibles subprestatarios en la elaboración de las proyecciones financieras de corto, mediano y largo plazo.

* Coordinar en la elaboración del informe de evaluación ex-post del Programa.

* Asesorar a los posibles subprestatarios en la programación de los aspectos financieros de las solicitudes de crédito.

* Formular o revisar las guías de aplicación de las metodologías del análisis financiero de los proyectos.

Funciones básicas del Área de Administración

* Canalizar e instrumentar administrativamente las decisiones del Comité Directivo y el Administrador.

* Llevar un registro y archivo de contratos y convenios y toda otra documentación correspondiente al Programa.

* Instrumentar los trámites administrativos vinculados a los desembolsos de la Cuenta Especial y controlar los cargos por intereses y comisiones.

* Llevar la administración de los fondos para el funcionamiento de la Unidad Coordinadora del Programa.

* Mantener las relaciones necesarias con las dependencias de la SEE y toda tramitación normal ante instituciones públicas.

* Verificar el cumplimiento de las acreditaciones en la Cuenta Especial del Programa y en las cuentas de los subprestatarios.

* Registrar la información contable y bancaria resultante del desarrollo del Programa.

* Preparar y mantener la información sobre ingresos y egresos de fondos, certificados, órdenes de pago, requerimientos de desembolsos y notificaciones de transferencia de recursos del BID.

* Procesar las solicitudes de desembolso de los subprestatarios.

* Atender los servicios que requieran para su funcionamiento la U.C.P.

* Elaborar los estados financieros de la U.C.P., con arreglo al plan de cuentas,por categoría de inversión y fuentes de financiamiento.

Funciones básicas de la Auditoría

* Verificar el cumplimiento de los planes, programas, reglamentos y normas de carácter técnico y administrativo-contable así como toda otra disposición vigente en la U.C.P.

* Verificar el cumplimiento de las obligaciones emergentes de los contratos y convenios firmados con las entidades subprestatarias.

III – ACTIVIDADES DE LA UNIDAD COORDINADORA

Listado de Actividades

Tramitación de Subpréstamos:

1. Orientar a las Subprestatarias en la confección de solicitudes de crédito.

2. Seguimiento de la preparación de proyectos.

3. Evaluación de la solicitud en sus aspectos técnicos, económicos, financieros y legales.

4. Elaborar informe de Proyecto para que el Comité Directivo dirija al BID si es necesario.

5. Elaborar borradores de subpréstamos entre los subprestatarios y la SEE.

6. Idem de contratos de garantía.

7. Supervisión cumplimiento de las condiciones previas.

8. Declaración de elegibilidad de los subpréstamos.

a) Asistencia Técnica

Administración de Subpréstamos

9. Preparar guías para presentación de solicitudes.

10. Redacción términos de referencias para la contratación de consultores/estudios/firmas consultoras.

11. Negociación y acuerdo de la Asistencia Técnica a realizar.

12. Colaboración en la búsqueda y selección de consultores/asesores/cooperación técnica.

13. Asesoría en la redacción de contratos de consultoría.

14. Apoyo a la instalación del Consultor.

15. Coordinación de actividades.

16. Aprobación de desembolsos/tramitación.

17. Revisión y aprobación de informes de los consultores.

b) Proyectos de Inversión

18. Preparación guías para presentación de solicitudes.

19. Revisión de pliegos de precalificación y licitación.

20. Revisión de informes de precalificación y licitación.

21. Coordinación con el BID para lo que resulte necesario según norma de aquéllos.

22. Visitas de inspección a los prestatarios para supervisar proyectos.

23. Verificación de certificación de avance de obra.

24. Revisión de cumplimiento cláusulas contractuales.

25. Tramitación de desembolsos.

26. Recibir y revisar los informes periódicos que deben presentar los subprestatarios.

27. Compilación de información e integración del informe de avance de obra.

28. Colaborar en la obtención de información y metodología para las evaluaciones ex-post.

29. Establecer el sistema contable y de administración financiera el préstamo y el subpréstamo.

30. Mantener la contabilidad y los estados de cuentas.

31. Realizar concursos de contratación-auditoría.

32. Someter propuestas a la aprobación del BID.

33. Contratos auditoría externa.

34. Administrar contrato de auditoría.

35. Administración jurídica de los actos que requieran dictamen.

36. Presupuesto de funcionamiento de la Unidad y de su Control.

37. Contratación de personal de la U.C.P.

38. Procedimiento de Administración.

39. Liquidación de sueldos.

40. Apoyo logístico de la U.C.P. (viajes – copias – materiales y equipos de trabajo).

41. Equipamiento técnico para el funcionamiento de la Unidad Coordinadora.

42. Preparación de informes de todos los actos que requieran su aprobación para ser elevados al Comité Directivo.

Apéndice III

Perfil profesional de personal de la Unidad Coordinadora

I – ADMINISTRADOR

Un profesional de la Ingeniería o de las Ciencias Económicas, de nivel senior, con experiencia en el análisis y evaluación técnica, económica, financiera e institucional de proyectos de inversión, en sistemas de Distribución y Subtransmisión de Energía Eléctrica y en operatorias con los bancos de financiamientos.

II – ÁREA DE INGENIERÍA Y ANÁLISIS ECONÓMICOS

– Un profesional de la Ingeniería con acreditada formación en Economía, de nivel senior, para las tareas de análisis y evaluación económica de los proyectos de inversión y con experiencia en proyectos de Distribución y Subtransmisión de Energía Eléctrica.

– Un profesional de la Ingeniería de nivel senior, con formación y experiencia en área de proyectos de Distribución y Subtransmisión de Energía Eléctrica y conocimientos sobre evaluación de proyectos de inversión.

– Un profesional de las Ciencias Económicas, de nivel senior, para las tareas de análisis y evaluación económica de los proyectos de inversión y con experiencia en proyectos de Distribución y Subtransmisión de Energía Eléctrica.

– Un profesional de las Ciencias Económicas, de nivel junior, para las tareas de análisis y evaluación económica de proyectos de Asistencia Técnica.

– Un analista de Sistemas de Procesamiento de Datos, de nivel junior, para las tareas de operación de computadora y programación complementaria.

III – ÁREA DE ANÁLISIS FINANCIERO

– Un profesional de las Ciencias Económicas, de nivel senior, con experiencia en análisis y evaluación financiera de proyectos de inversión del Subsector de Energía Eléctrica.

– Un profesional de las Ciencias Económicas, de nivel junior, para las tareas de análisis y evaluación financiera de proyectos de inversión del Subsector de Energía Eléctrica.

– Un analista de Sistemas de Procesamiento de Datos, de nivel junior, para las tareas de operación de computadora y programación complementaria.

IV – ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

– Un especialista de nivel senior, con experiencia en operatorias bancarias y administrativas.

– Un profesional de las Ciencias Económicas, de nivel senior, con experiencia en manejo de sistemas contables y financieros.

– Un analista de Sistemas de Procesamiento de Datos, de nivel junior, para las tareas de operación de computadora y programación complementaria.

Requerimientos profesionales

1 – Ingeniero senior

Para desempeñar el cargo de ingeniero senior, se requerirán las siguientes calificaciones profesionales.

1) Formación Académica

Estudios de Ingeniería Electromecánica o Eléctrica a nivel de Magister o equivalente, con estudios complementarios en planificación de sistemas eléctricos de Transmisión y/o Distribución.

2) Experiencia

Al menos 10 años en labores de planificación de sistemas eléctricos, diseños de obras de Subtransmisión y administración de proyectos incluyendo labores relacionadas con adquisiciones. Deberá, además, tener capacidad probada de liderazgo y de trabajos en grupos interdisciplinarios y con los eventuales subprestatarios.

2 – Ingeniero junior

Para desempeñar el cargo de ingeniero junior, se requerirán las siguientes calificaciones profesionales.

1) Formación Académica

Estudios de Ingeniería Electromecánica o Eléctrica a nivel de Magister o equivalente, con estudios complementarios en planificación de sistemas eléctricos de Transmisión y/o Distribución.

2) Experiencia

Al menos 5 años en labores de planificación de sistemas eléctricos, diseños de obras de Subtransmisión y/o Distribución y administración de proyectos. Deberá, además, tener capacidad probada de trabajo en grupos interdisciplinarios.

3 – Economista senior

Para desempeñar el cargo de economista senior, se requerirán las siguientes calificaciones profesionales:

1) Formación Académica

Estudios de Economía a nivel Master o equivalente; deberá demostrarse que los estudios cursados incluyen cursos avanzados en Microeconomía, Teoría del Bienestar y Evaluación Económica-Social de Proyectos. Se recomienda que al menos una de las posiciones de economista sea ocupada por un ingeniero eléctrico o industrial, especializado en la planificación de sistemas eléctricos y análisis de sistemas de potencia, con experiencia en el desarrollo de modelos matemáticos para la representación del sistema y el análisis de su comportamiento; deberá tener además estudios de post-grado en áreas de microeconomía y evaluación de proyectos.

2) Experiencia

Al menos 5 años de experiencia en evaluación económica de proyectos; al menos 3 años de experiencia en evaluación de proyectos de energía, planificación de sistemas eléctricos y temas relacionados. Para el ingeniero eléctrico, por lo menos 5 años en análisis de sistemas de potencia y 3 años en la planificación técnico-económico de sistemas eléctricos.

4 – Economista junior

Para desempeñar el cargo de economista junior, se requerirán las siguientes calificaciones profesionales:

1) Formación Académica

Estudios de Economía a nivel Master o equivalente. Deberá demostrarse que los estudios cursados incluyen cursos avanzados en Microeconomía. Teoría del Bienestar y Evaluación Económica-Social de Proyectos.

2) Experiencia

Al menos 2 años de experiencia en evaluación económica de proyectos de Energía, planificación de sistemas eléctricos y temas relacionados.

5 – Especialista en Asistencia Técnica

El especialista deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1) Formación Académica

Estudios profesionales preferiblemente en las Áreas de Ingeniería o Ciencias Económicas o Financieras, con estudios complementarios en administración de proyectos.

2) Experiencia

Al menos 7 años en labores relacionadas con la definición, administración y supervisión de programas de asistencia técnica o de inversión, incluyendo la contratación de asesores o consultores. Deberá, además, tener capacidad probada de liderazgo y de trabajos en grupos interdisciplinarios, con los eventuales beneficiarios u otros entes que hayan sido receptores de programas de asistencia técnica.

Apéndice IV

Plan general de la sistematización proyectada

1 – Esquema Topológico

1.01

La idea principal que regirá la sistematización de Comunicaciones e Información, es la establecer una unidad de comunicaciones que comprenda un sistema de información, a través de una red local instalada en la oficina de la Unidad Coordinadora, y un esquema reticular de nodos o redes remotas intercomunicadas con la central -como plan estratégico integrado- y, desde un comienzo con terminales inteligentes en cada ente provincial, las que actuarán como unidades de procesamiento e información.

1.02

La filosofía básica de trabajo es la de tener a un sistema de operación descentralizada e información y procesamiento de segundo grado centralizado, proponiendo un sistema abierto de procesamiento que posibilite la constitución de configuraciones modulares, para:

1) Hacer factible técnica y económicamente, la puesta en marcha del sistema en el menor tiempo posible.

2) Facilitar la instalación de unidades que, sin ser similares sean compatibles en todo sentido con el proyecto integral y se adecuen a las distintas necesidades de evolución, vía ampliación y/o reemplazo de los componentes en función de nuevos requerimientos, tanto por crecimiento de las operaciones como por aprovechamiento de los recursos informáticos.

2 – Hardware

2.01

El nodo central del sistema estará ubicado en la Unidad Coordinadora y Consistirá en un equipo principal de procesamiento que cumpla la doble función de «host» del sistema integrado principal y, a la vez, como «server» de la red local (LAN) que se instale en oficina de la U.C.P.

Este equipo será de última tecnología y comprenderá como mínimo:

1 – Almacenamiento de discos rígidos no inferior a 150MB formateados.

2 – Una impresora laser para papel tamaño A4, de 8 páginas por minuto.

3 – Un fax incorporado.

4 – Un modem de tipo autodialing, para un mínimo de cinco líneas telefónicas, sincrónico-asincrónico, externo de 2400/1200/300 bps.

5 – Una memoria interna no menor a 8 MB y una accesoria tipo cache.

6 – El resto de periféricos considerados básicos en una instalación estándar, incluyendo un drive de 5, 25» y una de 3,5».

2.02

Paralelamente deberá disponerse de los elementos de hardware y software de base para operar la red y un mínimo de seis estaciones inteligentes de trabajo para operación de las distintas áreas de la U.C.P., de las cuales cinco deberán contar con almacenamientos masivos de discos rígidos e impresoras de un mínimo de 300 caracteres por segundo y 132 caracteres por línea, además de los elementos periféricos estandar y un drive de 5,25» y uno de 3,5».

2.03

Se prevé la instalación de sistemas ininterrumpidos de Energía (UPS on-line), para superar situaciones de cortes imprevistos de corriente, susceptibles de interrumpir el flujo de información hacia y desde los usuarios.

2.04

En cada entidad subprestataria se instalará un equipo de procesamiento de última tecnología, integrado basicamente por:

a) CPU con memoria no inferior a 3MV y velocidad mínima de 12 Mhz.

b) Monitor monocromático.

c) Teclado expandido.

d) Un drive de discos flexibles de 5,15».

e) Un drive de diskettes de 3,5».

f) Un disco rígido de alta velocidad, con una capacidad de almacenamiento mínima de 40MB.

g) Un modem interno de 300/1200/2400 bps.

h) Un fax incorporado.

i) Una impresora velocidad mínima 300 caracteres por segundo y 132 caracteres por línea.

2.05

Con el objeto de posibilitar la conexión, en un mediano plazo de redes locales remotas de supervisión regional, sería recomendable, prever la instalación de elementos de interconexión remota con las mismas, dependiendo de las red local que se instala en la U.C.P.

3 – Software

3.01

Dada la configuración prevista para el sistema y los objetivos expresados en 1.02, se hace necesario que la elección de los equipos incluya el softwear de base para el funcionamiento de la red, lo que permitirá una prueba previa de la actuación de los mismos, a escala reducida y la determinación del mejor coeficiente costo/perfomance. En este sentido sería efectivo que los oferentes de los sistemas propongan los elementos, tanto de hardware como de software de base, que estime más apropiado para cumplir con los fines previstos. En consecuencia, se estima que se conseguirá así, facilitar a los proponentes suficiente elasticidad de criterio para formular sus propuestas y extremar su creatividad para brindar mejores soluciones.

3.02

Una vez definida la adjudicación del hardware deberá contratarse el software aplicativo, el que deberá contemplar las necesidades de información y procesamiento de cada área de la U.C.P. y de las unidades periféricas del sistema, desde la incorporación de parámetros y variables de cada entidad y de cada proyecto, los procesos de análisis y evaluación técnica, económica, institucional y financiera de los proyectos y de las obras, la preparación y provisión de información de segundo grado hasta las aplicaciones, administrativas, contables y bancarias de la U.C.P.

 

       

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