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DECRETO 214/1979
IMPORTACIÓN
Industria químico-farmacéutica. Importación de productos originarios de diversos países. Modificación de denominaciones
del 26/1/1979; publ. 1/2/1979
Visto el expte. 85.343/78 del registro de la Secretaría de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales, y
Considerando:
Que el 4 de diciembre de 1970 se celebró en la ciudad de Montevideo (República Oriental del Uruguay) el acuerdo de complementación 15 sobre Productos de la Industria Químico-farmacéutica por los plenipotenciarios de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil y de los Estados Unidos Mexicanos.
Que por decreto 838 del 14 de abril de 1978 se pusieron en vigencia las concesiones negociadas en oportunidad de celebrarse el XVII período de sesiones ordinarias de la Alalc y que al mismo tiempo se derogó la vigencia del decreto 2118 del 20 de julio de 1977.
Que por decreto 2118 del 20 de julio de 1977, según consta en los artículos tercero y cuarto se han efectuado ajustes de nomenclatura de productos incluidos en el acuerdo de complementación 15.
Que corresponde mantener la vigencia de los ajustes de nomenclatura incluidos en el decreto 2118/1977 .
Que los mencionados ajustes de nomenclatura se han realizado de acuerdo con las disposiciones vigentes en la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, creada por el Tratado de Montevideo, que fue aprobado por ley de la Nación 15378 .
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Modifícanse las denominaciones de los siguientes ítems Nabalalc incluidos en la lista anexa al decreto 1788 del 10 de octubre de 1973, por las que se indican a continuación:
15.04.2.02 Aceite de hígado de bacalao refinado.
23.07.0.02 Bacitracina cinc al 10 por ciento (clasificación provisional).
28.20.1.02 Hidróxido de aluminio (alúmina hidratada).
28.28.3.08 Óxido amarillo de mercurio.
28.28.3.08 Óxido rojo de mercurio.
28.38.1.03 Sulfato de bario.
28.38.1.08 Sulfato ferroso anhidro.
29.06.2.03 Hexilresorcina.
29.15.1.21 Ácido succínico.
29.15.1.99 Fumarato de hierro (ferroso).
29.25.2.93 Acetilparafenetidina (fenacetina).
29.31.6.99 Acetil-DL-Metionina
29.35.2.99 N–p. Tolueno sulfónico–ciano-fenil-piperidina (nitriloamida).
35.04.9.99 Proteinato de sodio, proveniente de la soja.
Art. 2. Modifícase la denominación del siguiente ítem Nabalalc incluido en la lista anexa al decreto 914 del 14 de junio de 1976, por la que se indica a continuación:
29.25.2.99. Triclorocarbanilida (Triclorodifenil urea).
Art. 3. Comuníquese, etc.
Videla Martínez de Hoz Pastor
Cita digital del documento: ID_INFOJU87168