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Decreto 1395/2004
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Desígnase, con carácter transitorio, Coordinador de Operaciones Contables de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, en el ámbito de la Secretaría de Finanzas del mencionado Ministerio.
Bs.As., 13/10/2004
VISTO el Expediente Nº S01:0104956/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.827, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.827 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Que por el Artículo 7º de la mencionada ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 14 de la citada ley.
Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la Unidad de Registro de la Deuda Pública de la Dirección de Administración de la Deuda Pública de la Oficina Nacional de Crédito Público de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva V de Coordinador de Operaciones Contables dependiente de la citada Unidad.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y a lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O.1995.
Que la designación propiciada no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el profesional para ser designado reúne las condiciones de experiencia e idoneidad que lo habilitan para cumplir eficaz y eficientemente con los cometidos emergentes del cargo a cubrir.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, de los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Exceptúase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827 y a lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995, a efectos de cubrir UN (1) cargo Nivel B, Función Ejecutiva V, Coordinador de Operaciones Contables de la Unidad de Registro de la Deuda Pública de la Dirección de Administración de la Deuda Pública de la Oficina Nacional de Crédito Público de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS del citado Ministerio.
ARTICULO 2º Desígnase con carácter transitorio en el cargo de Coordinador de Operaciones Contables de la Unidad de Registro de la Deuda Pública de la Dirección de Administración de la Deuda Pública de la Oficina Nacional de Crédito Público de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, Nivel B, Función Ejecutiva V, al Contador D.Pedro Javier ECHAVES (M.I.Nº 16.370.119).
ARTICULO 3º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O.1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
ARTICULO 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72898