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DECRETO 2528/1966

BIEN DE FAMILIA

Valor del inmueble. Tope máximo

del 5/10/1966; publ. 17/10/1966

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 Modifícase el art. 8 del decreto 2513 del 10 de marzo de 1960, reglamentario de la ley 14394 , que instituye el “bien de familia”, cuyo texto a partir de la fecha será el siguiente:

“Presúmese, sin admitirse prueba en contrario, que el valor del inmueble no excede las necesidades del sustento y vivienda del constituyente y su familia, cuando no supere m$n. 6.000.000 la valuación para el pago del impuesto inmobiliario al momento de la solicitud. En la misma forma se presume que el aumento del valor del inmueble que no sea determinado por mejoras o anexiones, corresponde al correlativo aumento de las necesidades de vivienda y sustento”.

“La autoridad de aplicación podrá admitir la constitución del mismo derecho sobre inmuebles de un valor superior al expresado, cuando así lo justifique el número de miembros de la familia, y hasta un límite máximo de m$n. 8.000.000”.

Art. 2 El presente decreto será refrendado por el ministro secretario en el Departamento del Interior e interino de Educación y Justicia.

Art. 3 Publíquese, etc.

Onganía – Martínez Paz

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU87570