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DECRETO 1477/1963

RELACIONES EXTERIORES

Reglamento Consular. Normas de aplicación. Plazo. Prórroga

del 17/12/1963; publ. 24/12/1963

Visto el decreto 8714 de fecha 3 de octubre de 1963, por el cual se aprueba el Reglamento Consular anexo al mismo, cuyas disposiciones comenzaron a regir al expirar el plazo fijado en el art. 2 del referido decreto, y

Considerando:

Que de acuerdo al resultado de la licitación celebrada para contratar los trabajos de impresión del Reglamento Consular y sus normas de aplicación, los plazos de entrega establecidos en las diferentes propuestas, exceden el lapso establecido por el art. 2 del citado decreto.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Amplíase a 180 días el plazo a que se refiere el art. 2 del decreto 8714 del 3 de octubre de 1963.

Art. 2.– Publíquese, etc.

Illia – Zavala Ortiz

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU86064