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DECRETO 1477/1963
RELACIONES EXTERIORES
Reglamento Consular. Normas de aplicación. Plazo. Prórroga
del 17/12/1963; publ. 24/12/1963
Visto el decreto 8714 de fecha 3 de octubre de 1963, por el cual se aprueba el Reglamento Consular anexo al mismo, cuyas disposiciones comenzaron a regir al expirar el plazo fijado en el art. 2 del referido decreto, y
Considerando:
Que de acuerdo al resultado de la licitación celebrada para contratar los trabajos de impresión del Reglamento Consular y sus normas de aplicación, los plazos de entrega establecidos en las diferentes propuestas, exceden el lapso establecido por el art. 2 del citado decreto.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Amplíase a 180 días el plazo a que se refiere el art. 2 del decreto 8714 del 3 de octubre de 1963.
Art. 2. Publíquese, etc.
Illia Zavala Ortiz
Cita digital del documento: ID_INFOJU86064