Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 343/1995
ALIMENTOS
Sistema Nacional de Control de Alimentos. Comisión Nacional de Alimentos. Consejo Asesor. Integración
del 10/3/1995; publ. 21/3/1995
Visto, el decreto 2194 del 13 de diciembre de 1994, y
Considerando:
Que el mencionado decreto estableció el sistema nacional de control de alimentos y creó la Comisión Nacional de Alimentos como organismo encargado de la coordinación integral del aludido sistema.
Que se han recibido solicitudes en el sentido de incorporar una representación de los trabajadores en el consejo asesor de la citada comisión.
Que tal propósito se verá cumplido con la ampliación de la actual integración del mencionado consejo, con la presencia de dos representantes de la Confederación General del Trabajo.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que otorga al Poder Ejecutivo nacional el art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Sustitúyese el art. 11 del decreto 2194/1994, que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 11. El Consejo Asesor estará integrado por:
Tres (3) miembros capacitados técnica y científicamente en materia alimentaria designados por concurso público de oposición y antecedentes, de acuerdo a las normas nacionales vigentes.
Tres (3) representantes de cámaras empresariales.
Dos (2) representantes del sector de los consumidores.
Dos (2) representantes de la Confederación General del Trabajo.
Invítase a las provincias, en el área de su competencia a designar un total de tres (3) miembros en el consejo asesor, los que deberán representar a las diversas regiones que conforman el territorio nacional.
Excepto para el caso de los expertos técnicos, los cargos de los integrantes del Consejo Asesor, serán ad honorem.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Menem Cavallo Mazza
Cita digital del documento: ID_INFOJU88243