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Decreto 2055/2004
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por prorrogada la designación transitoria de Director General de la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa.
Bs.As., 31/12/2004
VISTO la Ley N° 25.827 y los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 1140 del 28 de junio de 2002, N° 2530 del 9 de diciembre de 2002 y N° 1315 del 29 de diciembre de 2003, el Expediente N° 2014COMFER/02 y lo propuesto por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio del año 2004.
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada norma legal.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N° 2530/02, se designó, con carácter transitorio, al Doctor José Antonio CAAMAÑO (D.N.I.N° 4.548.131), como Director General de Asuntos Legales y Normativa, del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la designación transitoria mencionada en el anterior considerando se realizó con carácter de excepción a lo previsto en el artículo 19 de la Ley N° 25.565 y en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo l del Decreto N° 993/ 91 (T.O.1995).
Que por el artículo 2° del mencionado Decreto N° 2530/02 se estableció que el cargo involucrado deberá ser cubierto mediante los procedimientos de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL de la PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el Decreto N° 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria, en virtud de las disposiciones del Decreto N° 1140/02.
Que dicha designación se encuentra prorrogada conforme a lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 1315 del 29 de diciembre de 2003.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar nuevamente la designación transitoria del funcionario mencionado mediante una excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 25.827 y en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo l del Decreto N° 993/ 91 (T.O.1995).
Que el profesional citado se encuentra actualmente desempeñando funciones en el cargo referido en los considerandos precedentes.
Que la cobertura aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el servicio jurídico del citado organismo, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y de las facultades conferidas por los artículos 7° y 14 de la Ley N° 25.827 y por el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por prorrogada, a partir del 25 de mayo de 2004 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 1315 de fecha 29 de diciembre de 2003, en relación con la designación transitoria como Director General de la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I, al Dr.José Antonio CAAMAÑO (D.N.I.N° 4.548.131).
ARTICULO 2° La prórroga de la designación del cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo l del Decreto N° 993/91 (T.O.1995) y a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827.
ARTICULO 3° El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA), Decreto N° 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 25 de mayo de 2004.
ARTICULO 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Entidad 102.
ARTICULO 5° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77675