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DECRETO 3775/1973
COMERCIO EXTERIOR
Aceite de soja. Derecho de exportación. Reducción
del 3/5/1973; publ. 14/5/1973
Visto el expte. 592/73 del registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y
Considerando:
Que resulta aconsejable rever el tratamiento que en materia de derechos de exportación se aplica al aceite de soya.
Que a tal fin es conveniente proceder a la reducción del derecho de exportación establecido por el decreto 1579/1972 .
Que con esta medida se da cumplimiento a lo establecido por las políticas nacionales 67, 108 y 111 aprobadas por el decreto 46/1970 .
Que la ley 19370 modificada por la ley 19502 faculta al Poder Ejecutivo nacional a reducir o suprimir los derechos de exportación.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Redúcese al diez por ciento (10%) el derecho de exportación fijado por el decreto 1579/1972 , para la exportación del producto comprendido en el siguiente ítem de la Nomenclatura de Exportación: 15 07 01 00 Aceite de soya.
Art. 2.– La medida dispuesta por el artículo precedente se aplicará a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Lanusse – García – Lanusse – Wehbe
Cita digital del documento: ID_INFOJU88372