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DECRETO 4152/1972
ASIGNACIONES FAMILIARES
Régimen General y Disposiciones Especiales
Caja de Asignaciones Familiares para el Personal de Estiba. Funcionamiento. Extensión a todos los puertos del país
del 30/6/1972; publ. 7/7/1972
Visto lo dispuesto por los arts. 52 y 53 del decreto 3256/1965, ratificado por ley 16887 , y
Considerando:
Que mediante decreto 8591/1965 se extendió el funcionamiento de la Caja de Asignaciones Familiares para el Personal de la Estiba a los puertos que se mencionan en la planilla anexa a dicho decreto.
Que la aludida planilla no comprende la totalidad de los puertos del país.
Que como consecuencia de ello, existen sectores de trabajadores que, estando comprendidos por su actividad en el régimen de la caja citada, no gozan de los beneficios que la misma brinda.
Que tal circunstancia no se concilia con los objetivos del régimen de asignaciones familiares.
Que la medida que se dispone por el presente decreto encuadra en la política nacional 45, aprobada por decreto 46/1970 ,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Extiéndese el funcionamiento de la Caja de Asignaciones Familiares para el Personal de la Estiba a todos los puertos del país, habilitados o que se habiliten en el futuro, cualquiera sea su naturaleza.
Art. 2.– El presente decreto rige a partir del día 1 del mes siguiente al de su fecha.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Lanusse – Manrique
Cita digital del documento: ID_INFOJU88536