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DECRETO 1622/2006

TURISMO

ORGANISMOS DEL ESTADO

Subsecretaría de Turismo. Dirección de Prestaciones Turísticas. Unidad de Conducción. Creación. Aprobación

del 09/11/2006; publ. 14/11/2006

Visto el Expediente 1709/2006 del registro de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación, el decreto 1635 del 24 de noviembre de 2004, y las resoluciones S.T. 1587 del 29 de diciembre de 2005 y 606 del 27 de junio de 2006 y,

Considerando:

Que por el decreto 1635/2004 , se procedió a aprobar la estructura organizativa del primer nivel operativo de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.

Que mediante la resolución S. T. 1587/2005 se procedió a aprobar la departamentalización de la estructura organizativa de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.

Que por la resolución S.T. 606/2006 , se modificó el Anexo IV (descriptivo de cargos) de la resolución citada en el párrafo precedente, en la parte pertinente a la Dirección de Prestaciones Turísticas y al Departamento de Coordinación de Prestaciones, dependientes de la Subsecretaría de Turismo de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.

Que como resultado de la prioridad que para el Gobierno Nacional tienen las políticas sociales, el turismo social ha ido incrementando operativamente su gestión.

Que como consecuencia de lo manifestado en el párrafo anterior, se procedió a asignar nuevas funciones y responsabilidades a la Dirección de Prestaciones Turísticas, lo que quedó plasmado en el decreto 1635/2004 .

Que asimismo, y en virtud de los convenios y acuerdos celebrados con otras áreas del estado nacional, provincial y municipal y con asociaciones intermedias, también se ha incrementado la utilización de los planes de turismo federal.

Que tal complejidad en las tareas obliga a delegar autoridad en pos de una división de trabajo razonable y ajustado a criterios prácticos de administración.

Que resulta necesaria una mínima reorganización de las funciones operativas del área, a fin de fortalecer el cometido institucional, razón por la cual se requiere la creación de una unidad de conducción en el ámbito de la Dirección de Prestaciones Turísticas dependiente de la Subsecretaría de Turismo.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del art. 99 , incs. 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Facúltase al Secretario de Turismo de la Presidencia de la Nación a aprobar la creación de una unidad de conducción en el ámbito de la Dirección de Prestaciones Turísticas de la Subsecretaría de Turismo.

Art. 2.– El gasto que demande la medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Kirchner – Fernández – Fernández

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU74073