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Decreto 632/2005

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Designación de miembros integrantes, dos titulares y un suplente, del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y del Comité de Administración del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en representación de la Secretaría de Hacienda y del Banco de la Nación Argentina, cargos que serán desempeñados adhonorem.

Bs.As., 14/6/2005
VISTO el Expediente N° S01:0161987/2002 del Registro del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley N° 25.300 y los Decretos Nros.1074 de fecha 24 de agosto de 2001, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio y 20 de fecha 7 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada, por el cual se transfirió la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION a la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas.

Que la Ley N° 25.300 creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la misma.

Que asimismo, la referida ley creó el FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME), cuyo objeto es otorgar garantías en respaldo de las que emitan las sociedades de garantía recíproca y ofrecer garantías directas a las entidades financieras acreedoras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MlPy MEs) y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la Ley N° 25.300, a fin de mejorar las condiciones de acceso al crédito de las mismas.

Que el Artículo 5° de la Ley N° 25.300 establece que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) estará a cargo de un Comité de Inversiones, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el Artículo 11 de la Ley N° 25.300 estableció que la administración del patrimonio fiduciario del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME) y la elegibilidad de las operaciones a avalar estará a cargo de un Comité de Administración, cuyos miembros serán designados también por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que los mencionados Comités de Inversiones y de Administración fueron reglamentados por el Decreto N° 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 estableciendo su integración, funciones y atribuciones.

Que ambos Comités estarán integrados, inicialmente, por CUATRO (4) miembros titulares y CUATRO (4) suplentes, cada uno de ellos en representación de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, del BANCO DE LA NACION ARGENTINA y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A.(BICE) entidades autárquicas en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la presidencia de los mencionados Comités será ejercida por el señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, o por el representante que éste designe.

Que corresponde designar nuevos integrantes en el marco de los referidos Comités, ello toda vez que los miembros titular y suplente designados en representación de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION mediante el Decreto N° 20 de fecha 7 de enero de 2004 renunciaron a sus funciones, mientras que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA decidió sustituir a su representante titular de ambos Comités.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 5° y 11 de la Ley N° 25.300.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase al señor Don Juan Carlos MANES ROSSI (M.I.N° 7.741.052) y a la señora Doña María Andrea PASSERINI (M.I.N° 20.574.728) en calidad de miembros integrantes, titular y suplente respectivamente, del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) y del Comité de Administración del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME), en los términos del Decreto N° 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 y en representación de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuyos cargos serán desempeñados adhonorem.

ARTICULO 2° — Desígnase a la señora Doña Gabriela CIGANOTTO (M.I.N° 11.098.999) en calidad de miembro integrante titular del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) y del Comité de Administración del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME), en los términos del Decreto N° 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 y en representación del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuyo cargo será desempeñado adhonorem.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76050