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Decreto 1416/2004
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Designación en un cargo extraescalafonario de la Unidad Ministro, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.
Bs.As., 15/10/2004
VISTO el Decreto N° 355 del 21 de febrero de 2002, la Ley de Presupuesto 25.827, y el Primera SecciÛn BOLETIN OFICIAL Nº 30.508 4 Martes 19 de octubre de 2004 Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios, con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 22 de diciembre de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 14 de la citada Ley.
Que por el Decreto N° 491/02 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de un (1) cargo extraescalafonario con remuneración equivalente a Nivel A Grado 8 del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, dependientes de la UNIDAD MINISTRO con carácter de Asesor de Gabinete conforme lo normado por el artículo 10 de la Ley Marco de Regulación del Empleo Publico, y su Decreto Reglamentario N° 1421/ 02, resultando menester disponer diversas medidas de excepción.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827, en el artículo 1° del Decreto N° 25 del 23 de diciembre de 2001.
Que la Licenciada Da.Lidia Elizabeth MONDELO reúne los requisitos de capacidad e idoneidad requeridos para el referido cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 14 de la Ley 25.827, y el Decreto N° 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por designada, a partir del 01 de septiembre de 2004, a la Licenciada Da.Lidia Elizabeth MONDELO (D.N.I.N° 10.503.034), en el cargo extraescalafonario con remuneración equivalente a Nivel A Grado 8 del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, dependientes de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 25.827.
ARTICULO 2° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Alicia M.Kirchner.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77311