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Peso Argentino
Peso Argentino. Cese del curso legal de las fracciones menores de un centavo
Ley 22281
Sancionada el 1 de junio de 1983
Promulgada el 1 de junio de 1983
Publicada en el B.O. el 3 de junio de 1983
1. A partir de la fecha en que el Banco Central de la República Argentina proceda a emitir billetes y monedas de curso legal bajo la denominación «peso argentino», no se tomarán en cuenta a los efectos de su pago, en facturas, pagarés, recibos, cheques, papeles de comercio y documentos bancarios las fracciones menores a un centavo.
2. Las obligaciones civiles, comerciales y financieras contraídas hasta la fecha mencionada en el artículo anterior que consignen fracciones inferiores a un centavo de peso argentino, serán abonadas elevando a dicho importe las que excedan de cinco milésimas de peso argentino, eliminando tales fracciones cuando se monto sea igual o no supere esta última cantidad.
3. Comuníquese, etc.
Cita digital del documento: ID_INFOJU80537