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DECRETO 219/1989
ALIMENTOS
Programa Alimentario Nacional. Modificación
del 12/07/1989; publ. 17/07/1989
Visto el decreto 2085 de fecha 23 de diciembre de 1987, por el cual se sustituyó el texto del art. 3 del decreto 908/1984, reglamentario de la ley 23056 , y
Considerando:
Que razones de orden operativo imponen la necesidad de modificar la constitución de la comisión ejecutiva del Programa Alimentario Nacional, creada de conformidad con los términos del art. 4 de la ley 23056.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Derógase el decreto 2085 de fecha 23 de diciembre de 1987.
Art. 2.– Sustitúyese el texto del art. 3 del decreto 908 del 23 de marzo de 1984, reglamentario de la ley 23056 , por el siguiente:
Art. 3.- La comisión ejecutiva instituida por el art. 4 de la ley 23056 será designada por el Poder Ejecutivo nacional y la presidirá el ministro de Salud y Acción Social. Contará con un vicepresidente ejecutivo con rango de secretario del Ministerio de Salud y Acción Social, quien tendrá a su cargo coordinar la gestión de adquisición, procesamiento y distribución de los elementos necesarios, así como la organización operativa para el desarrollo del programa.
La integrarán además un secretario y cuatro (4) vocales, teniendo estos últimos a su cargo el funcionamiento de las áreas de Administración, Coordinación Técnica, Difusión y Distribución Logística, respectivamente. Tanto el secretario como los vocales serán designados a propuesta del Ministerio de Salud y Acción Social.
Los organismos técnicos y administrativos del Ministerio de Salud y Acción Social, en cuya jurisdicción funcionará la comisión ejecutiva, serán de apoyo a la misma.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Menem – Corzo
Cita digital del documento: ID_INFOJU87231