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DECRETO 2291/1972
CONTABILIDAD PÚBLICA
Contrataciones en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno. Reglamentación
del 24/04/1972; publ. 19/06/1972
Visto lo solicitado por la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno, y
Considerando:
Que por decretos 4391/1971 y 1496/1972 se aprueba con carácter provisional la estructura orgánica de la citada Secretaría y se asignan funciones de Director General de Administración, respectivamente.
Que de acuerdo con lo establecido en el pto. 6 de la misión y funciones del decreto 4391/1971 , compete a la Subsecretaría de Coordinación, entre otras, la responsabilidad de dirigir el servicio administrativo de la referida Secretaría.
Que por tal motivo corresponde centralizar el régimen jurisdiccional en materia de contrataciones que se encuentra vigente para las Subsecretarías de Seguridad, de Desarrollo y de Ciencia y Técnica.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Deróganse los decretos 557/1970 y 3735/1971 .
Art. 2.– Toda compraventa, como así también toda convención sobre trabajos, suministros de especies, locaciones, arrendamientos, servicios y en general cualquier acuerdo que signifique una salida o entrada de fondos que no esté reglada legalmente en forma especial, que se realice en jurisdicción de la Secretaría de Planeamiento y Acción de Gobierno, será autorizada y aprobada hasta los límites de los importes consignados por las autoridades que a continuación se indican:
Autorización]]>Autorización
Aprobación
Contrataciones directas – art. 56 – pto. 3:
– Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
– Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretario de Coordinación
– Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
– Más de un millón de pesos ($ 1.000.000)
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Poder Ejecutivo
Licitación privada – art. 56 – pto. 1
– Hasta veinte mil pesos ($ 20.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
Licitación pública – art. 55
– Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
– Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretario de Coordinación
– Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
– Más de un millón de pesos ($ 1.000.000)
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Poder Ejecutivo
Remates públicos
– Hasta cien mil pesos ($ 100.000)
Director General de Administración
Director General de Administración
– Hasta doscientos mil pesos ($ 200.000)
Director General de Administración
Subsecretaría de Coordinación
– Hasta un millón de pesos ($ 1.000.000)
Subsecretario de Coordinación
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
– Más de un millón de pesos ($ 1.000.000)
Secretario de Planeamiento y Acción de Gobierno
Poder Ejecutivo
Cita digital del documento: ID_INFOJU87327