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VERIFICACIÓN PERIÓDICA AL PATRIMONIO DEL FIADOR (PEDIDO CONSTANTE DE INFORMES).__ … CLÁUSULA … (VERIFICACIÓN PERIÓDICA) A- El locador podrá: a) verificar periódicamente, como mínimo cada … (…) meses, el patrimonio … (mobiliario; inmobiliario; mobiliario e inmobiliario) de los fiadores (garantes), sobre los bienes que han declarado al asumir su fianza; b) solicitar informes en el/los … (Registro de la Propiedad Inmueble; Registro de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios), sean de dominio, inhibiciones, embargos u otros y a total cargo del locatario, quién los pagará «a la vista». B- En caso que cualesquiera fiador/es o sus bienes, según correspondiere, hubiese/n sido afectado/s con derechos reales, caucionado/s, constituido/s como «Bien de familia» o «vivienda protegida» de los artículos 244 a 256 del Código Civil y Comercial, embargado/s, enajenado/s, incapacitado/s, inhibido/s, perdido/, prendado/s, transferido/s, vendido/s, o se hubiese/n verificado algún/unos otro/s acto/s que produzca/n una disminución del patrimonio en bienes … (muebles; inmuebles), el locatario sustituirá el/los fiador/res por otro/s a satisfacción del locador. C- Pasados … (…) días de intimado y sin cumplir la obligación precedente, su incumplimiento será causal de rescisión culpable.
Cita digital del documento: ID_INFOJU138452