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Boletín Oficial 30/12/02 PERSONAS CON BAJA VISION Ley 25.682 – (PLN) Adóptese, en todo el territorio de la República Argentina, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del bastón verde.
Sancionada: Noviembre 27 de 2002.
Promulgada: Diciembre 27 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la NaciónArgentina reunidos en Congreso, etc., sancionancon fuerza de Ley:
ARTICULO 1° – Adóptese a partir de la presenteley, el uso del bastón verde en todo el territoriode la República Argentina como instrumentode orientación y movilidad para las personas conbaja visión.
El mismo tendrá iguales características en peso,longitud, empuñadura elástica, rebatibilidad y anillafluorescente que los bastones blancos utilizadospor las personas ciegas.
ARTICULO 2° – Podrán hacer uso del bastónverde las personas con discapacidad visual queasí lo acrediten conforme lo establecido en el artículo3° de la Ley 22.431, y se encuentren comprendidosdentro de las condiciones y característicasseñaladas por la Organización Mundial de laSalud para las personas con baja visión.
ARTICULO 3° – El bastón verde será consideradocomo elemento y/o instrumento de apoyo enlos términos del artículo 35 de la Ley 24.901 y sucobertura será obligatoria para todos los agentesmencionados en los artículos 2° y 3° de la referidaley.
ARTICULO 4° – Facúltese al Poder Ejecutivonacional a instrumentar los mecanismos necesariospara la implementación de una masiva campañade difusión nacional acerca de las ventajasde la utilización del bastón verde para las personascon baja visión y de su significado para comprensiónde toda la ciudadanía.
ARTICULO 5° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESOARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBREDEL AÑO DOS MIL DOS.
REGISTRADA BAJO EL N° 25.682
EDUARDO O. CAMAÑO. JUAN C. MAQUEDA. Eduardo D. Rollano. Juan C. Oyarzún
Decreto 2671/2002
Bs. As., 27/12/2002
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 25.682 cúmplase,comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Ginés M. González García.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72517