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Ley 25.740

PESCA DEPORTIVA

Declárase “Capital de la Pesca Deportiva de la Trucha” a la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Sancionada:Mayo 28 de 2003.
Promulgada:Junio 19 de 2003.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Declárase “Capital de la Pesca Deportiva de la Trucha” a la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.740 — EDUARDO O.CAMAÑO.— DANIEL O.SCIOLI.— Eduardo D.Rollano.— Juan J.Canals.

Decreto 223/2003 
Bs.As., 19/6/2003 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 25.740 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72569