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Ley 25.740
PESCA DEPORTIVA
Declárase Capital de la Pesca Deportiva de la Trucha a la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Sancionada:Mayo 28 de 2003.
Promulgada:Junio 19 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° Declárase Capital de la Pesca Deportiva de la Trucha a la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES.
REGISTRADA BAJO EL N° 25.740 EDUARDO O.CAMAÑO. DANIEL O.SCIOLI. Eduardo D.Rollano. Juan J.Canals.
Decreto 223/2003
Bs.As., 19/6/2003 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 25.740 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72569