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DECRETO 173/1985
COMERCIO EXTERIOR
Promoción de las exportaciones. Reglamentación
Continuación
del 25/01/1985; publ. 31/01/1985
Partida N.C.C.A.
Texto
Observaciones
03.01
Pescados frescos (vivos o muertos), refrigerados o congelados.
Excluidos los frescos (vivos o muertos) o refrigerados (excepto los filetes), únicamente.
03.02
Pescados secos, salados o en salmuera; pescados ahumados, incluso cocidos antes o durante el ahumado.
Sin exclusiones.
03.03
Crustáceos y moluscos (incluso separados de su caparazón o concha), frescos (vivos o muertos), refrigerados, congelados, secos salados o en salmuera; crustáceos sin pelar, simplemente cocidos en agua.
Excluidos los frescos o refrigerados y las centollas y demás crustáceos, congelados únicamente.
04.02
Leche y nata, conservadas, concentradas o azucaradas.
Excluido el suero de leche lactoserum, únicamente.
04.03
Mantequilla.
Sin exclusiones.
04.04
Quesos y requesón.
Sin exclusiones.
04.06
Miel natural.
Sin exclusiones.
06.03
Flores y capullos, cortados, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma.
Sin exclusiones.
06.04
Follajes, hojas, ramas y otras partes de plantas, hierbas, musgos y líquenes, para ramos o adornos frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma, excepto las flores y capullos de la partida 06.03.
Sin exclusiones.
07.04
Legumbres y hortalizas, desecadas, deshidratadas o evaporadas, incluso cortadas en trozos o rodajas o bien trituradas o pulverizadas sin ninguna otra preparación.
Sin exclusiones.
08.12
Frutas desecadas (distintas de las comprendidas en las partidas 08.01 a 08.05, ambas inclusive).
Sin exclusiones.
10.06
Arroz.
Semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado, con un contenido de grano quebrado inferior o igual al 10% únicamente.
15.03
Estearina solar, oleoestearina; aceite de mantena de cerdo y oleomargarina no emulsionada, sin mezcla ni preparación alguna.
Sin exclusiones.
15.04
Grasas y aceites de pescado y de mamíferos marinos, incluso refinados.
Aceites de pescado, con exclusión de los aceites de hígado de pescado, únicamente.
15.07
Aceites vegetales fijos, fluidos o concretos, brutos, purificados o refinados.
Aceites de algodón de cacahuate (maní), de oliva, de girasol, de nabina, de colza, de mostaza, de maíz, de uva y las mezclas o cortes de aceites vegetales, refinados, en envases de hasta 5 kg. de contenido neto, únicamente.
15.10
Ácidos grasos industriales, aceites ácidos procedentes del refinado, alcoholes grasos industriales.
Sin exclusiones.
15.11
Glicerina, incluidas las aguas y lejías glicerosas.
Sin exclusiones.
15.12.
Aceites y grasas animales o vegetales, parcial o totalmente hidrogenados y aceites y grasas animales o vegetales solidificados o endurecidos por cualquier otro procedimiento, incluso refinados, pero sin preparación ulterior.
Sin exclusiones.
15.13
Margarina, sucedáneos de la manteca de cerdo y demás grasas alimenticias preparadas.
Sin exclusiones.
15.16
Ceras vegetales, incluso coloreadas artificialmente.
Si exclusiones.
16.01
Embutidos de carne, de despojos comestibles o de sangre.
Sin exclusiones.
16.02
Otros preparados y conservas de carnes o de despojos comestibles.
Sin exclusiones.
16.03
Extractos y jugos de carne, extractos de pescados.
Sin exclusiones.
16.04
Preparados y conservas de pescado, incluidos el caviar y sus sucedáneos.
Sin exclusiones.
16.05
Crustáceos y moluscos preparados o conservados.
Sin exclusiones.
17.02
Los demás azúcares en estado sólido; jarabes de azúcar sin adición de aromatizantes o de colorantes, sucedáneos de la miel incluso mezclados con miel natural; azúcares y melazas caramelizados.
Sin exclusiones.
17.04
Artículos de confitería sin cacao
Sin exclusiones.
18.06
Chocolate y otros preparados alimenticios que contengan cacao.
Sin exclusiones.
19.02
Extractos de malta; preparados para la alimentación infantil o para usos dietéticos o culinarios, a base de harinas, sémolas, almidones, féculas o extractos de malta, incluso con adición de cacao en una proporción inferior al 50% en peso.
Sin exclusiones.
19.03
Pastas alimenticias.
Sin exclusiones.
19.04
Tapioca, incluida la de fécula de patata.
Sin exclusiones.
19.05
Productos a base de cereales obtenidos por insulflado o tostado: puffed rice, cornflakes y análogos.
Sin exclusiones.
19.07
Pan, galletas de mar y demás productos de panadería ordinaria, sin adición de azúcar, miel, huevos, materias grasas, queso o frutas; hostias, sellos para medicamentos, obleas, pastas desecadas de harina, de almidón o de fécula en hojas y productos análogos.
Sin exclusiones.
19.08
Productos de panadería fina, pastelería y galletitería, incluso con adición de cacao en cualquier proporción.
Sin exclusiones.
20.01
Legumbres, hortalizas y frutas, preparadas o conservadas en vinagre o en ácido acético, con sal, especias, mostaza o azúcar o sin ellos.
Sin exclusiones.
20.02
Legumbres y hortalizas preparadas o conservadas sin vinagres ni ácido acético.
Sin exclusiones.
20.04
Frutas, cortezas de frutas, plantas y sus partes, confitadas con azúcar (almibaradas, glaseadas o escarchadas).
Sin exclusiones.
20.05
Purés y pastas de frutas, compotas, jaleas y mermeladas, obtenidos por cocción, con o sin adición de azúcar.
Sin exclusiones.
20.06.
Frutas preparadas o conservadas de otra forma, con o sin adición de azúcar o de alcohol.
Sin exclusiones.
20.07
Jugos de frutas (incluidos los mostos de uva) o de legumbres y hortalizas, sin fermentar, sin adición de alcohol, con o sin adición de azúcar.
Sin exclusiones.
21.02
Extractos o esencias de café, té o de yerba mate y preparaciones a base de estos extractos y esencias, achicoria tostada y demás sucedáneos de café tostados y sus extractos.
Sin exclusiones.
21.03
Harina de mostaza y mostaza preparada.
Sin exclusiones.
21.04
Salsas, condimentos y sazonadores compuestos.
Sin exclusiones.
21.05
Preparados para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados, preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas.
Sin exclusiones.
21.06
Levaduras naturales vivas o muertas, levaduras artificiales preparadas.
Sin exclusiones.
21.07
Preparados alimenticios no expresados ni comprendidos en otras partidas
Sin exclusiones.
22.01
Agua, aguas minerales, aguas gaseosas, hielo y nieve.
Sin exclusiones.
22.02
Limonadas, aguas gaseosas aromatizadas (incluidas las aguas minerales tratadas de esta manera) y otras bebidas no alcohólicas, con exclusión de los jugos de frutas y de legumbres y hortalizas de la partida 20.07.
Sin exclusiones.
22.03
Cervezas.
Sin exclusiones.
22.04
Mosto de uva parcialmente fermentado, incluso apagado sin utilización de alcohol.
Sin exclusiones.
22.05
Vinos de uva; mosto de uva apagado con alcohol (incluidas las mistelas).
Sin exclusiones.
22.06
Vermuts y otros vinos de uva preparados con plantas o materias aromáticas.
Sin exclusiones.
22.07
Sidra, perada, aguamiel y demás bebidas fermentadas.
Sin exclusiones.
22.08
Alcohol etílico sin desnaturalizar de graduación igual o superior a 80 grados; alcohol etílico desnaturalizado de cualquier graduación.
Sin exclusiones.
22.09
Alcohol etílico sin desnaturalizar de graduación inferior a 80 grados; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas; preparados alcohólicos compuestos (llamados extractos concentrados) para la fabricación de bebidas.
Sin exclusiones.
22.10
Vinagres y sus sucedáneos, comestibles.
Sin exclusiones.
23.07
Preparados forrajeros con adición de melazas o de azúcar, otros preparados del tipo de los que se utilizan en la alimentación de los animales.
Alimentos balanceados (completos), preparados alimenticios para animales, constituidos por las mezclas de concentrados de origen animal y vegetal, con adición de sustancias complementarias y/o suplementarias y/o vitaminas y/o correctores, suplementos alimenticios, obtenidos a base de sustancias animales y/o vegetales, con adición de materias minerales y/o productos químicos de acción nutritiva, en bolsas de hasta 50 kg y formulación impresa en las mismas; preparados a base de mezclas de minerales, vitaminas, sustancias protectoras y/o estimulantes (núcleos), en bolsas de hasta 20 kg y formulación impresa en las mismas; preparadas para la alimentación de perros o gatos, en envases herméticos de hasta 1 kg con formulación impresa en los mismos, alimentos para pájaros a base de semillas, en bolsas de hasta 10 kg y formulación impresa en las mismas, únicamente.
24.02
Tabaco elaborado; extractos o jugos de tabaco.
Cigarros puros (incluso los despuntados), puritos y cigarrillos de picadura de lechuga sin tabaco ni nicotina, únicamente.
25.01
Sal gema, sal de salinas, sal marina, sal de mesa; cloruro sódico puro, aguas madres de salinas, agua de mar.
Sin exclusiones.
25.07
Arcillas (caolín, bentonita, etc.), excepto las arcillas dilatadas de la partida 68.07, andalucita, cianita, silimanita incluso calcinadas, mullita, tierras de chamota y de dinas.
Caolín y bentonita, únicamente.
25.11
Sulfato de barrio natural (baritina); carbonato de bario natural (whiterita), incluso calcinado, con exclusión del óxido de bario.
Sulfato de bario natural (baritina), únicamente.
25.12
Harinas silíceas fósiles y otras tierras silíceas análogas (kieselgur, tripolita, diatomina, etc.) de densidad aparente igual o inferior a 1 incluso calcinadas.
Sin exclusiones.
25.15
Mármoles, travertinos, ecaussines y otras piedras calizas de talla o de construcción de densidad aparente igual o superior a 2,5 y el alabastro, en bruto, desbastados o simplemente troceados por aserrado.
Sin exclusiones.
25.16
Granito, pórfido, basalto arenisca y otras piedras de talla o de construcción en bruto, desbastados o simplemente troceados por aserrado.
Sin exclusiones.
25.18
Dolomita en bruto, desbastada o simplemente troceada por aserrado; dolomita fritada o calcinada; aglomerado de dolomita.
Sin exclusiones.
25.20
Yeso natural; anhidrita; yesos calcinados incluso coloreados o con adición de pequeñas cantidades de aceleradores o retardadores, pero con exclusión de los yesos especialmente preparados para arte dental.
Sin exclusiones.
25.22
Cal ordinaria (viva o apagada); cal hidráulica, con exclusión del óxido y del hidróxido de calcio.
Sin exclusiones.
25.23
Cementos hidráulicos (incluidos los cementos sin pulverizar llamados clinker), incluso coloreados.
Sin exclusiones.
25.26
Mica, incluida la mica exfoliada en laminillas irregulares splittings y los desperdicios de mica.
Excluidos lo desperdicios de mica únicamente.
25.30
Boratos naturales en bruto y sus concentrados (calcinados) o sin calcinar, con exclusión de los boratos extraídos de las salmueras naturales; ácido bórico natural con un contenido máximo del 85% del BO3 H3 valorado sobre producto seco.
Sin exclusiones.
25.31
Feldespato; leucita nefelina y nefelina sienita; espato flúor.
Espato flúor (fluorita), únicamente.
25.32
Materias minerales no expresadas ni comprendidas en otras partidas.
Celestina y perlita sin dilatar, únicamente.
26.01
Minerales metalúrgicos incluso enriquecidos; piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas).
Minerales de plomo, minerales de cinc minerales de estaño que contengan plata minerales de wolframio (tungsteno) y minerales de berillo, únicamente.
28.01
Halógenos (flúor, cloro, bromo, yodo)
Sin exclusiones.
28.02
Azufre sublimado o precipitado; azufre coloidal.
Sin exclusiones.
28.03
Carbono (principalmente negros de humo).
Sin exclusiones.
28.04
Hidrógeno, gases nobles, otros metaloides.
Sin exclusiones.
28.05
Metales alcalinos y alcalinotérreos; metales de las tierras raras, itrio y escandio, incluso mezclados o aleados entre sí, mercurio.
Sin exclusiones.
28.06
Ácido clorhídrico; ácido clorusulfúrico.
Sin exclusiones.
28.08
Ácido sulfúrico, oleum.
Sin exclusiones.
28.09
Ácido nítrico; ácidos sulfonítricos.
Sin exclusiones.
28.10
Anhídrido y ácidos fosfóricos (meta, orto y piro).
Sin exclusiones.
28.12
Ácido y anhídrido bóricos.
Sin exclusiones.
28.13
Otros ácidos inorgánicos y compuestos oxigenados de los metaloides.
Sin exclusiones.
28.14
Cloruros, oxicloruros y otros derivados halogenados y oxinalogenados de los metaloides.
Sin exclusiones.
28.15
Sulfuros metalódicos, incluido el trisulfuro de fósforo.
Sin exclusiones.
28.16
Amoníaco licuado o en solución.
Sin exclusiones.
28.17
Hidróxido de sodio (soda cáustica), hidróxido de potasio (potasa cáustica); peróxidos de sodio y de potasio.
Sin exclusiones.
28.18
Hidróxido y peróxido de magnesio; óxidos, hidróxidos y peróxidos, de estroncio o de bario.
Sin exclusiones.
28.19
Óxido de cinc; peróxido de cinc.
Sin exclusiones.
28.20
Óxido e hidróxido de aluminio (alúmina); corindones artificiales.
Sin exclusiones.
28.21
Óxidos e hidróxidos de cromo.
Sin exclusiones.
28.22
Óxidos de manganeso.
Sin exclusiones.
28.23
Óxidos e hidróxidos de hierro (incluidas las tierras colorantes a base de óxido de hierro natural que contengan en peso 70 por ciento o más de hierro combinado, valorado en Fe2 y O3.
Sin exclusiones.
28.24
Óxidos e hidróxidos de cobalto; óxidos de cobalto comerciales.
Sin exclusiones.
28.25
Óxidos de titanio.
Sin exclusiones.
28.27
Óxidos de plomo incluidos el minio y el anaranjado.
Sin exclusiones.
28.28
Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas; otras bases, óxidos, hidróxidos y peróxidos metálicos inorgánicos.
Si exclusiones.
28.29
Fluoruros; fluesticatos, fluoboratos y demás fluosales.
Sin exclusiones.
28.30
Cloruros, ex cloruros e hidroxicloruros, bromuros y oxibromuros, yoduros y oxiyoduros.
Sin exclusiones.
28.31
Hipocloritos; hipocloritos de calcio comercial; cloritos hipobromitos.
Sin exclusiones.
28.32
Cloratos y percloratos; bromatos perbromatos; yodatos y peryodatos.
Sin exclusiones.
28.35
Sulfuros, incluidos los polisulfuros.
Sin exclusiones.
28.36
Hidrosulfitos, incluidos los hidrosulfitos estabilizados por materias orgánicas; sulfoxilatos.
Sin exclusiones.
28.37
Sulfitos e hiposulfitos.
Sin exclusiones.
28.38
Sulfatos y alumbres; persulfatos.
Sin exclusiones.
28.39
Nitritos y nitratos.
Sin exclusiones.
28.40
Fosfitos, hiporosfitos y fosfatos.
Sin exclusiones.
28.42
Carbonatos y percarbonatos, incluido el carbonato de amonio comercial que contenga carbonato amónico.
Sin exclusiones.
28.43
Cianuros simples y complejos.
Sin exclusiones.
28.44
Fulminatos, cianatos y troclanatos.
Sin exclusiones.
28.45
Silicatos, incluidos los silicatos comerciales de sodio o de potasio.
Sin exclusiones.
28.46
Boratos y perboratos.
Sin exclusiones.
28.47
Sales de los ácidos de óxidos metálicos (cromatos, permanganatos, estannatos, etc.).
Sin exclusiones.
28.48
Otras sales y persales de los ácidos inorgánicos, con exclusión de los hidrozoatos (azidas).
Sin exclusiones.
28.49
Metales preciosos en estado coloidal; amalgamas de metales preciosos; sales y demás compuestos orgánicos o inorgánicos de metales preciosos, sean o no de constitución química definida.
Sin exclusiones.
28.50
Elementos químicos e isótopos, fisionables: otros elementos químicos radiactivos e isótopos radiactivos; sus compuestos inorgánicos u orgánicos, sean o no de constitución química definida; aleaciones, dispersiones y cermets que contengan estos elementos o estos isótopos o sus compuestos inorgánicos u orgánicos.
Sin exclusiones.
28.51
Isótopos de elementos químicos distintos de los de la partida 28.50; sus compuestos inorgánicos u orgánicos sean o no de constitución química definida.
Sin exclusiones.
28.52
Compuestos inorgánicos u orgánicos de torio de uranio emprobrecido en U 235 y de metales de las tierras raras, de itrio y de escandio, incluso mezclados entre sí.
Sin exclusiones.
28.54
Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), comprendida el agua oxigenada sólida.
Sin exclusiones.
28.55
Fosfuros, sean o no de constitución química definida.
Sin exclusiones.
28.56
Carburos, sean o no de constitución química definida
Sin exclusiones.
28.57
Hidruros, nitruros, azidas, siliciuros y boruros, sean o no de constitución química definida.
Sin exclusiones.
28.58
Los demás compuestos inorgánicos (incluida el agua destilada, de conductibilidad o del mismo grado de pureza); aire líquido incluso si se le han eliminado los gases nobles); aire comprimido; amalgamas que no sean en metales preciosos.
Sin exclusiones.
29.01
Hidrocarburos
Sin exclusiones.
29.02
Derivados halogenados de los hidrocarburos.
Sin exclusiones.
29.03
Derivados sulfonados, nitrados y nitrosados, de los hidrocarburos
Sin exclusiones.
29.04
Alcoholes acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.05
Alcoholes cíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados
Sin exclusiones.
29.06
Fenoles y fenoles-alcoholes.
Sin exclusiones.
29.07
Derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes
Sin exclusiones.
29.08
Éteres-óxidos, éteres-óxidos-alcoholes, éteres-óxidos-fenoles, éteres-óxidos-alcoholes-fenoles, peróxidos de alcoholes y peróxidos de éteres, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.09
Epóxidos, epoxialcoholes, epoxifenoles y epoxiéteres (alfa o beta); sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.10
Acetales y semiacetales, acetales y semiacetales de funciones oxigenadas simples o complejas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados
Sin exclusiones.
29.11.
Aldehídos, aldehídos-alcoholes, aldehídos-éteres, aldehídos-fenoles y demás aldehídos de funciones oxigenadas simples o complejas: polímeros cíclicos de los aldehídos; paraformaldehído
Sin exclusiones.
29.12
Derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados de los productos de la partida 29.11.
Sin exclusiones.
29.13
Cetonas, cetonas-alcoholes, cetonas-fenoles, cetonas-aldehídos, quinonas, quinonas-alcoholes, quinonas-fenoles, quinonas-aldehídos y otras cetonas y quinonas de funciones oxigenadas simples o complejas, y sus derivados halogenados sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.14.
Ácidos monocarboxiílicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y perácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.15
Ácidos policarboxílicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y perácidos, sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados
Sin exclusiones.
29.16
Ácidos carboxílicos con función alcohol, fenol, aldehído o cetona y otros ácidos carboxílicos con funciones oxigenadas simples o complejas, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y perácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.19
Ésteres fosfóricos y sus sales, incluidos los lactofosfatos, y sus derivados halogenados, sulfanados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.21
Otros ésteres de los ácidos minerales (excepto los ésteres de los ácidos halogenados) y sus sales, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados y nitrosados.
Sin exclusiones.
29.22
Compuestos de función amina.
Sin exclusiones.
29.23
Compuestos aminados de funciones oxigenadas simples o complejas.
Sin exclusiones.
Cita digital del documento: ID_INFOJU86591