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DECRETO 2384/2002
BIENES DEL ESTADO
Transferencia de inmuebles del Estado nacional a la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. Comisión. Creación. Integración
del 22/11/2002; publ. 25/11/2002
Visto la Carta de Intención firmada entre el Gobierno nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 4 de Noviembre de 2002, y
Considerando:
Que el citado instrumento tiene como objeto principal dinamizar los procesos de reconversión e integración al desarrollo urbano, de los predios existentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pertenecientes al Estado nacional, a fin de posibilitar inversiones que generen crecimiento económico y puestos de trabajo.
Que los inmuebles a que se refiere la Carta de Intención resultan prioritarios para el desarrollo e integración urbanística de distintas zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que se hace necesario adoptar medidas tendientes a instrumentar su transferencia de dominio, para la realización de las obras correspondientes.
Que entre las acciones a llevar a cabo, que se establecieron en la mencionada Carta de Intención, se encuentra la creación de una Comisión que tendría por objeto asesorar al Poder Ejecutivo nacional, en un plazo de sesenta (60) días, sobre los aspectos inherentes a las transferencias de dominio de algunos inmuebles, en favor de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A.
Que, asimismo, se convino en que la Comisión estaría integrada por sendos representantes del Ministerio del Interior; de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación; de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A.; y de la Administración General de Puertos S.E. (E.L.) de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de Transporte del Ministerio de la Producción.
Que para el eficaz cumplimiento de su misión se estima conveniente que la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, brinde al organismo que se crea el apoyo administrativo y técnico, que fuere menester.
Que, asimismo, resulta oportuno designar a un nuevo representante del Estado nacional como Director de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del art. 99 , incs. 1 y 7, de la Constitución de la Nación Argentina.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Créase una Comisión, integrada por sendos representantes del Ministerio del Interior; de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación; de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A.; y de la Administración General de Puertos S.E. (E.L.) de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de Transporte del Ministerio de la Producción.
Art. 2. La Comisión que se crea por el art. 1 , tendrá por objeto asesorar al Poder Ejecutivo nacional sobre todos los aspectos inherentes a la transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado nacional a la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., debiendo emitir en el plazo de sesenta (60) días un informe pormenorizado de las condiciones en que deberán hacerse efectivas las citadas transferencias de dominio.
Art. 3. Desígnase, con carácter ad honorem, en representación del Ministerio del Interior, al dr. Néstor Perl (D.N.I. 4.357.876), en representación de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, al dr. D. José Antonio Romero (L.E. 8.234.764); en representación de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., al dr. Héctor Guillermo Drewes (D.N.I. 5.530.553) y en representación de la Administración General de Puertos S.E. (E.L.) de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de Transporte del Ministerio de la Producción, al dr. Miguel Ángel Gallardo (D.N.I. 5.407.780).
Art. 4. La Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación brindará el apoyo administrativo y técnico que requiera la Comisión para el cumplimiento de su objetivo.
Art. 5. Desígnase a D. José María Ugarte (D.N.I. 7.613.912) Director de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A., en representación del Estado nacional.
Art. 6. Comuníquese, etc.
Duhalde Matzkin
Cita digital del documento: ID_INFOJU87424