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DECRETO 241/1971
SERVICIO EXTERIOR
Bonificación por antigüedad
del 11/04/1971; publ. 08/06/1971
Visto la correspondencia establecida por el decreto 9577/1967 , entre los funcionarios del servicio exterior de la Nación y el personal superior y jerárquico del escalafón para el personal civil de la Administración Pública nacional (decreto 9530/1958 , ordenado por decreto 14/1964 ).
El régimen y montos que en concepto de bonificación complementaria por antigüedad fija el decreto 3513/1965 modificado por el art. 4 del decreto 9577/1967;
El nuevo régimen y montos establecidos en el anexo A-IV del decreto 2932/1970 para la percepción, por parte del personal de la administración pública nacional comprendido en el escalafón para el personal civil, del suplemento por antigüedad, y
Considerando:
Que no existen razones que justifiquen la aplicación de un régimen particular al personal del Servicio Exterior de la Nación para el cobro de la bonificación aludida.
Que por el contrario, de la equiparación que establece el decreto 9577 resulta que la bonificación por antigüedad para el personal diplomático mientras desempeñe funciones en la República, debe ser la que corresponde al personal superior y jerárquico del escalafón para el personal civil de la Administración Pública nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Establécese que la bonificación por antigüedad correspondiente a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación se liquidará en las condiciones establecidas en el anexo A-IV del decreto 2932/1970 .
Art. 2.– Deróganse el art. 4 del decreto 9577/1967 y el decreto 3513/1965 .
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Lanusse – De Pablo Pardo
Cita digital del documento: ID_INFOJU87469