Legislación nacional

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LEY 19010

CONTRATACIONES DEL ESTADO

COMPRE NACIONAL

Régimen. Convenio celebrado por la Dirección Nacional de Vialidad. Exclusión

sanc. 20/4/1971; promul. 20/4/1971; publ. 5/5/1971

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Exclúyese del régimen de la ley 18875 el convenio a celebrarse entre la Dirección Nacional de Viabilidad y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, concerniente al tercer préstamo para obras viales.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Lanusse – Colombo

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU82119