Legislación nacional

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DECRETO 36/1994

DEUDA PÚBLICA

Acuerdo entre el Estado nacional y la provincia de La Rioja. Saneamiento financiero

del 13/01/1994; publ. 18/01/1994

Visto el expte. 00-003684/92 del registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y la ley 24133 , modificada por la ley 24154 , y

Considerando:

Que dichas normas disponen la concertación del Estado nacional con las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de lograr el saneamiento definitivo de la situación financiera al 31 de marzo de 1991.

Que en virtud de ello se ha suscripto el 24 de junio de 1993, entre el ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, doctor Domingo Felipe Cavallo, por una parte, y el gobernador de la provincia de La Rioja, Bernabé José Ángel Arnaudo, por la otra, el acuerdo de saneamiento definitivo de la situación financiera al 31 de marzo de 1991, que consta de doce (12) cláusulas.

Que con dicho acuerdo se resuelven definitivamente las diferencias habidas entre las partes hasta el 31 de marzo de 1991.

Que el ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos ha suscripto el referido acuerdo en uso de las facultades conferidas por el art. 4 de la ley 24133, modificada por la ley 24154 .

Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para dictar el presente decreto en virtud de las previsiones del art. 1 de la ley 24133, modificada por la ley 24154 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Apruébase el acuerdo de saneamiento definitivo de la situación financiera entre el Estado nacional y la provincia de La Rioja al 31 de marzo de 1991 – ley 24133 , modificada por ley 24154 , celebrado con fecha 24 de junio de 1993, que en copia autenticada obra como anexo del presente.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – Cavallo – Caro Figueroa

Nota: Este decreto se publica sin anexo.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88343