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DECRETO 153/1973
ABASTECIMIENTO
Abastecimiento, distribución, transporte y comercialización interna. Autoridad de aplicación
del 31/10/1973; publ. 06/11/1973
Visto lo dispuesto por la Ley de Ministerios 20524 y por el decreto 75/1973 , y
Considerando:
Que la adecuada implementación de la política adoptada por el Gobierno en materia de precios y abastecimientos exige la adopción de medidas en el menor tiempo posible.
Que el decreto 75/1973 atribuye a la Secretaría de Estado de Comercio, del Ministerio de Economía, competencia en todo lo inherente a la organización y fiscalización del abastecimiento, distribución, transporte y comercialización interna.
Que el decreto ley 19508/1972 autoriza al Poder Ejecutivo a designar los órganos de aplicación del mismo.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– La Secretaría de Estado de Comercio, del Ministerio de Economía, será la autoridad nacional de aplicación del decreto ley 19508/1972 , modificado por el 20125/1973 , y su titular ejercerá las funciones atribuidas al ex Ministerio de Comercio por los anteriores decretos reglamentarios de aquél, sin perjuicio de lo establecido por el decreto 1090/1973 .
Art. 2.– Las disposiciones que anteceden entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Perón – Gelbard
Cita digital del documento: ID_INFOJU86198