Legislación nacional

Tiempo estimado de lectura 2 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

DECRETO 626/1983

MIGRACIONES

Multas. Actualización de montos

del 17/3/1983; publ. 25/3/1983

Visto la Ley General de Migraciones y de Fomento de la Inmigración 22439 , y

Considerando:

Que por decreto 467 del 3 de marzo de 1982 se fijaron los montos mínimos y máximos de las multas establecidas por los arts. 48 y 62 de la precitada norma legal.

Que por decreto 1180 del 18 de junio de 1982 fueron establecidos los montos de las tasas retributivas de servicios correspondientes a los trámites y prestaciones que efectúe la Dirección Nacional de Migraciones.

Que debe procederse a la actualización de dichos montos, en virtud de haber transcurrido el lapso establecido a tales fines por el art. 110 de la ley 22439.

Que los nuevos valores deben ser fijados por decreto del Poder Ejecutivo Nacional, conforme lo establecen el artículo y la ley precitados.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Actualízanse los montos de las multas determinados por los arts. 1 y 2 de decreto 467 del 3 de marzo de 1982 y de las tasas determinadas por el art. 1 del decreto 1180 del 18 de junio de 1982, los que quedarán fijados en los siguientes importes:

 

$

a) Multas art. 48, ley 22439

 

1. Monto mínimo

521.146

2. Monto máximo

18.239.999

b) Multas art. 62, ley 22439

 

1. Monto mínimo

521.146

2. Monto máximo

20.845.713

c) Tasas art. 87, ley 22439

 

1. Solicitud de admisión como residente permanente de extranjero que se encuentre en el país o autorización de trabajo para residente temporario

535.000

2. Solicitud de admisión como residente temporario de extranjero que se encuentre en el país o sus renovaciones

256.000

3. Solicitud de inscripción o rectificación de los asientos en los registros de la Dirección Nacional de Migraciones

129.000

4. Solicitud de certificado de residencia precaria o de autorización de trabajo y sus renovaciones o de renovación de la admisión como residente transitorio

81.000

5. Solicitud de embarco, desembarco o transbordo de tripulante extranjero o miembro de la dotación o de inscripción en el Registro de Apoderados y Gestores y sus renovaciones anuales

256.000

6. Solicitud de certificado de admisión o egreso y todo otro tipo de certificación no contemplada expresamente en la presente enumeración

81.000

7. Solicitud de duplicado de constancia de admisión o egreso, o transferencia de sellos de admisión

81.000

8. Pedidos judiciales de informes para juicios, excepto los originados en sede penal

27.000

9. Solicitud de extranjero que se encuentre de hecho en el país para su admisión como residente transitorio o habilitación de documentación al solo efecto de hacer abandono del país

81.000

10. Por la interposición de recurso de apelación al trámite de pedido de admisión denegado

122.000

11. Por solicitud de admisión como residente temporario para desarrollar actividades de temporada, por cada trabajador

27.000

 

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Bignone – Llamil Reston

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU89248