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DECRETO 1087/2006

CORREOS

Servicio Oficial de Correo. Privatización del servicio público postal. Licitación pública. Plazo. Prórroga

del 23/08/2006; publ. 25/08/2006

Visto el expediente S01:0079336/2004 del Registro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y los decretos 1075 de fecha 19 noviembre de 2003, 721 de fecha 11 de junio de 2004, 635 de fecha 14 de junio de 2005 y 1758 de fecha 29 de diciembre de 2005, y

Considerando:

Que por el decreto 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003 el Poder Ejecutivo nacional rescindió, por culpa del concesionario, el Contrato de Concesión suscripto entre el Estado nacional y la empresa Correo Argentino Sociedad Anónima por el cual se concedió el Servicio Oficial de Correo, comprendiendo todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía prestados oportunamente por la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (E.N.Co.Te.S.A.) y los restantes servicios que la concesionaria se encontraba habilitada a realizar, incluyendo el Servicio Postal Básico Universal, por las causales previstas en el Numeral 30.1. a) y b) de dicho Contrato.

Que, en esas condiciones, el Estado nacional reasumió transitoriamente la operación del Servicio Oficial de Correo.

Que el art. 4 del referido decreto instruyó al Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios para que, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días, procediera a llamar a Licitación Pública Nacional e Internacional a fin de volver a privatizar el servicio público postal.

Que el decreto 721 de fecha 11 de junio de 2004 dispuso la constitución de la sociedad Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima, en la órbita de la Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios hasta tanto se privatice, bajo el régimen de la ley 19550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificatorias.

Que, asimismo, el decreto mencionado precedentemente dispuso prorrogar por un término de ciento ochenta (180) días a partir de su vencimiento, el plazo fijado por el art. 4 del decreto 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003.

Que, en aras de llevar a cabo el procedimiento licitatorio a que se refiere el art. 4 del decreto 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003, garantizando la continuidad y la eficacia de la prestación del Servicio Oficial de Correo, se dictó el decreto 635 de fecha 14 de junio de 2005, que resolvió prorrogar el plazo fijado en el art. 1 del decreto 721 de fecha 11 de junio de 2004.

Que a los efectos de consolidar la operatoria de la sociedad Correo Oficial de la República Argentina Sociedad Anónima, se entendió procedente la prórroga, hasta el día 30 de junio de 2006, del plazo fijado por el art. 1 del decreto citado en el Considerando precedente, mediante decreto 1758 de fecha 29 de diciembre de 2005.

Que las razones tenidas en cuenta para la adopción de la mencionada medida se mantienen a la fecha, por lo que se estima conveniente fijar un nuevo plazo para la realización del procedimiento licitatorio en cuestión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Producción ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el art. 9 del decreto 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Dáse por prorrogado hasta el 31 de julio de 2007, el plazo fijado en el art. 1 del decreto 1758 de fecha 29 de diciembre de 2005.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Kirchner – Fernández – De Vido

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU73955