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Decreto 565/2007

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase con carácter transitorio, Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal, dependiente de la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación.

Bs.As., 17/5/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0522661/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.198, los Decretos Nros.993/91 T.O.1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus normas complementarias y modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado Ministerio.

Que para cubrir dicho cargo se propone al Ingeniero Agrónomo Don Daniel Héctor PAPOTTO (M.I.Nº 13.285.218), Nivel C, Grado 9, de la Planta Permanente de la citada Dirección de Ganadería, quien reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñarlo.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/ 91 T.O.1995 y a las limitaciones establecidas mediante el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente designación transitoria.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 11 de la Ley Nº 26.198 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Exceptúase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 y de lo dispuesto en los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995, a los efectos de cubrir UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado Ministerio.

ARTICULO 2º — Desígnase con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la presente medida, al agente de la Planta Permanente, Ingeniero Agrónomo Don Daniel Héctor PAPOTTO (M.I.Nº 13.285.218), en UN (1) cargo Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado Ministerio.

ARTICULO 3º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) —Decreto Nº 993/91 T.O.1995— en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto.

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Felisa Miceli.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU74631