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PODER JUDICIAL
EJECUCIÓN PENAL
Juzgados nacionales de ejecución penal, fiscalía de ejecución penal y defensoría de ejecución penal. Creación
sanc. 30/11/2005; promul. 16/11/2006; publ. 17/01/2006
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.– Créanse dos (2) juzgados nacionales de ejecución penal con asiento en la Capital Federal que funcionarán con dos (2) secretarías cada uno.
Art. 2.– Créase una (1) fiscalía de ejecución penal y una (1) defensoría de ejecución penal, ambas con asiento en la Capital Federal.
Art. 3.– Los juzgados de ejecución penal creados por la ley 24121 funcionarán con dos (2) secretarías cada uno.
Art. 4.– Amplíase la integración del cuerpo interdisciplinario creado por la ley 24121 conforme los nuevos cargos que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente y que se aditarán a los establecidos por el art. 77 de la citada ley.
Art. 5.– Facúltase al jefe de Gabinete de ministros a reasignar las partidas presupuestarias correspondientes para poner en funcionamiento los juzgados y cargos creados en los artículos precedentes.
Art. 6.– Los juzgados, fiscalías y defensoría que se crean por la presente ley comenzarán a funcionar dentro del término de noventa (90) días contados desde las transferencias de los créditos presupuestarios establecidos en el artículo anterior.
Art. 7.– El Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público adoptarán las medidas necesarias para la instalación de los cargos creados por esta ley y para el cumplimiento de los demás efectos derivados de su implementación.
Art. 8.– Comuníquese, etc.
Camaño – Guinle – Rollano
Anexo
Magistrados y funcionarios:
Juez: 2.
Secretario de juzgado: 7.
Subtotal: 9.
Ministerio Público:
Fiscal: 1.
Defensor: 1.
Secretario (1 para fiscalía y 1 para defensoría): 2.
Subtotal: 4.
Personal administrativo y técnico:
Oficial mayor: 14.
Escribiente: 14.
Escribiente auxiliar: 7.
Auxiliar: 7.
Auxiliar administrativo: 7.
Subtotal: 49.
Personal equipo interdisciplinario:
Médico: 2.
Psiquiatra: 2.
Psicólogo: 2.
Asistente social: 4.
Subtotal: 10.
Personal de servicio, obrero y maestranza:
Ayudante: 2.
Subtotal: 2.
Personal administrativo y técnico del Ministerio Público Fiscal:
Prosecretario: 2.
Auxiliar: 1.
Escribiente: 1.
Escribiente auxiliar: 1.
Auxiliares administrativos: 2.
Subtotal: 7.
Personal administrativo y técnico de la Defensoría:
Prosecretario: 2.
Auxiliar: 1.
Escribiente: 1.
Escribiente auxiliar: 1.
Auxiliar administrativo: 2.
Subtotal: 7.
Total: 88.
Cita digital del documento: ID_INFOJU74475