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Decreto 622/2005

SALON INTERNACIONAL DEL AUTOMOVIL
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el “3er.Salón Internacional del Automóvil”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs.As., 13/6/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0028130/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la firma AMC PROMOCIONES ARGENTINA Y ASOCIADOS S.A.solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “3er.SALON INTERNACIONAL DEL AUTOMOVIL”, a realizarse en el Predio Ferial La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA DE ARGENTINA), del 17 al 26 de junio de 2005.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION DECRETA:

ARTICULO 1º — Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que graven la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “3er.SALON INTERNACIONAL DEL AUTOMOVIL”, a realizarse en el Predio Ferial La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 17 al 26 de junio de 2005, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76041