Tiempo estimado de lectura 3 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
Decreto 932/2005
SECRETARIA DE DEPORTE
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por designado, con carácter transitorio, titular de la Delegación Técnico Administrativa.
Bs.As., 3/8/2005
VISTO la Ley N° 25.967, la Decisión Administrativa N° 1 del 11 de enero de 2005, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley N° 25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en el ámbito de la SECRETARIA DE DEPORTE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante el cargo de Delegado Técnico Administrativo, que resulta indispensable cubrir transitoriamente con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Secretaría mencionada.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en el Título III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/ 91 (T.O.1995) y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, contados a partir de la fecha de la designación transitoria de su titular.
Que el agente propuesto ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de junio de 2005, por lo que procede designarlo con efectos a esa fecha Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto N° 601/02, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico N° 4/02.
Que el agente de que se trata, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 reglamentario de su similar N° 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por designado, a partir del 1° de junio de 2005, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, al señor Alejandro Gabriel LANDONI (D.N.I.N° 14.406.314) en un cargo Nivel B Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III como titular de la DELEGACION TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARIA DE DEPORTE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995).
ARTICULO 2° Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento del cargo consignado en el artículo precedente.
ARTICULO 3° Producido el descongelamiento a que se refiere el artículo anterior, el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto N° 993/91 (T.O.1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la fecha de la designación transitoria de su titular.
ARTICULO 4° El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 5° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU76291