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Boletín Oficial 04/10/02 CONTROL VEHICULAR Ley 25.650 – (PLN) Prohíbese el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular en rutas nacionales, cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la Resolución N° 753/98 – SICYM.
Sancionada: Setiembre 11 de 2002.
Promulgada de Hecho: Octubre 3 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputadosde la Nación Argentina reunidos en Congreso,etc. sancionan con fuerza deLey:
ARTICULO 1° – Prohíbase el uso del sistemade radar-foto para el control vehicular en las rutasnacionales como medición de velocidad de vehículosautomotores de transporte público y privados,de carga, de pasajeros o de uso particular,cuando éste no cumpla con la reglamentaciónmetrológica y técnica establecida por la Resolución N° 753/98 de la Secretaría de Industria, Comercioy Minería (Reglamentaria de la Ley NacionalN° 19.511 de Metrología).
ARTICULO 2° – La Secretaría de Transportede la Nación será la autoridad de aplicación de lapresente ley.
ARTICULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESOARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS ONCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DELAÑO DOS MIL DOS.
REGISTRADA BAJO EL N° 25.650
EDUARDO O. CAMAÑO. JUAN C. MAQUEDA. Eduardo D. Rollano. Juan C. Oyarzún.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72494