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Decreto 934/2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase transitoriamente al Director de Lealtad Comercial dependiente de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor.

Bs.As., 3/8/2005
VISTO el Expediente N° S01:0042171/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 25.967 y los Decretos Nros.993/91 T.O.1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que, en virtud de específicas razones de servicios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante de Planta Permanente Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Lealtad Comercial dependiente de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA, del mencionado Ministerio.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción de lo dispuesto en los Títulos III —Capítulo III— y VI, Artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I al Decreto N° 993/ 91 T.O.1995 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la designación transitoria.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el profesional propuesto efectúa una real y efectiva prestación de servicios en el cargo mencionado desde el 1 de marzo de 2005, por lo que se procede a designarlo con efecto a esa fecha.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 491/ 02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Dase por designado transitoriamente, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 1 de marzo de 2005, al Profesor en Castellano, Literatura e Historia Don Fernando Antonio CARRO (M.I.N° 10.126.134), Nivel C, Grado 8 en UN (1) cargo de Planta Permanente Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Lealtad Comercial dependiente de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con carácter de excepción a lo previsto en los Títulos III —Capítulo III— y VI, Artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I al Decreto N° 993/91 T.O.1995.

ARTICULO 2° — Instrúyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros a proceder al descongelamiento del cargo consignado en el artículo precedente.

ARTICULO 3° — Producido el descongelamiento a que se refiere el artículo anterior, el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto N° 993/91 T.O.1995, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente designación transitoria.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76293