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DECRETO 1616/1983

DOCENTES

Remuneraciones. Actualización de los importes correspondientes al complemento compatibilizador establecido para el personal docente

del 29/6/1983; publ. 26/7/1983

Visto lo determinado en el decreto 1615 del 29 de junio de 1983, y

Considerando

Que por el art. 1 –anexos I a XVI– del decreto 1615/1983 se fijaron los importes correspondientes al complemento compatibilizador no bonificable por concepto alguno, para el personal docente dependiente del Gobierno nacional, con relación a las remuneraciones vigentes al mes de junio de 1983.

Que por decreto 1601 de fecha 28 de junio de 1983, el Poder Ejecutivo nacional fijó con carácter general nuevos importes en las remuneraciones del personal docente dependiente del gobierno nacional, a partir del 1 de julio de 1983.

Que en consecuencia, resulta necesario adoptar las medidas que permitan actualizar los importes correspondientes al complemento compatibilizador establecido para el personal docente.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Sustitúyense los anexos I a XVI del decreto 1615 del 29 de junio de 1983, por los anexos I a XVI que forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2.– Facúltase al Ministerio de Educación, previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público, a fijar los importes que en el futuro correspondan al complemento compatibilizador establecido por decreto 1615 del 29 de junio de 1983, en la forma determinada a tal fin por el art. 2 del mencionado decreto.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Bignone – Wehbe – Licciardo

NdeR.: No se publican anexos. Ver B.O. del 26/7/1983.

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU86367