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ancionada: 23/12/1994
Sancionada: 23/12/1994
Promulgada: 11/1/1995
Artículo 1º – Modifícase el artículo 1º de la ley 21329 y su modificatoria, incorporando entre los feriados nacionales, el día 8 de diciembre en que se celebra la fiesta de la Inmaculada Concepción de María.
Art. 2º – Incorpórase al artículo 3º de la ley 23555 y sus modificatorias, el día 8 de diciembre.
Art. 3º – Incorpórase entre las excepciones previstas en el artículo 3º de la ley 23555 a los feriados nacionales del 20 de junio y del 17 de agosto.
Art. 4º – Los feriados nacionales del 20 de junio y del 17 de agosto, como fechas conmemorativas del paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano y del General José de San Martín serán cumplidos el día que corresponda al tercer lunes del mes respectivo.
Art. 5º – De forma.
Cita digital del documento: ID_INFOJU81427