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LEY 20108
MUNICIPALIDADES
Derecho municipal argentino. Estudio y recopilación. Comisión Especial. Creación. Modificación
sanc. 18/1/1973; promul. 18/1/1973; publ. 24/1/1973
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. Modifícanse los arts. 3 , 4 y 5 de la ley 16570, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
Art. 3. La comisión deberá expedirse en el término de un año, a partir de la fecha de su constitución, facultando al Ministerio del Interior a reglamentar sus funciones y aprobar su presupuesto.
Art. 4. El digesto del derecho municipal argentino será editado por el Ministerio del Interior con cargo al presupuesto de su jurisdicción y ofrecido en venta a precios que cubran por reembolso los gastos de la edición.
Art. 5. Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000) que se imputará a los créditos del Ministerio del Interior para el ejercicio 1973.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse Mor Roig Wehbe
Cita digital del documento: ID_INFOJU82328