Legislación nacional

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15/03/2004

LEY 22155

IMPUESTO NACIONAL DE EMERGENCIA A LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

Vigencia. Plazo

sanc. 1/2/1980; promul. 1/2/1980; publ. 6/2/1980

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Restablécese la vigencia de la ley 21399 , a partir de la promulgación de la presente ley y hasta el 31 de diciembre de 1980.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Videla – Rodríguez Varela

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU82781