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LEY 24943
CARTOGRAFÍA
Documentos cartográficos. Publicación. Modificación
sanc. 4/3/1998; promul. 26/3/1998; publ. 1/4/1998
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.- Incorpórase como art. 19 bis a la L 22963 el siguiente:
La publicación de cualquier documento cartográfico, folleto o mapa que haya sido aprobado por el Instituto Geográfico Militar de acuerdo a las normas establecidas en esta ley, deberá llevar una inscripción al pie del mismo, en forma visible y clara, que exprese «Aprobado por el Instituto Geográfico Militar» con su correspondiente número de expediente de aprobación.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
PIERRI – RUCKAUF – PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO – PIUZZI.
NORMA CITADA: L 22963: 19-B-1746.
Cita digital del documento: ID_INFOJU83743