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LEY 22598
TELECOMUNICACIONES
Transferencia de determinados servicios. Derogación
sanc. 28/5/1982; promul. 28/5/1982; publ. 1/6/1982
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Déjase sin efecto el art. 10 de la ley 22420.
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Galtieri – Martini
Cita digital del documento: ID_INFOJU82908